Sentencia del Tribunal de Justicia en el asunto C-109/23 | [Jemerak] (LA LEY 215672/2024)
Un notario en Berlín (Alemania) se negó a autenticar un contrato de compraventa relativo a un apartamento situado en dicha ciudad y propiedad de una sociedad rusa. A su juicio, no puede excluirse que dicha autenticación infrinja la prohibición de prestar servicios de asesoramiento jurídico a personas jurídicas establecidas en Rusia. La Unión Europea estableció esta prohibición general 2 en 2022 con el fin de aumentar la presión sobre Rusia para que pusiera fin a su guerra de agresión contra Ucrania.
El Tribunal Regional de lo Civil y Penal de Berlín solicitó al Tribunal de Justicia que se pronunciara sobre esta cuestión.
El Tribunal de Justicia responde que la autenticación de un contrato de compraventa de un bien inmueble, propiedad de una persona jurídica establecida en Rusia, no está comprendida en la prohibición de prestar servicios de asesoramiento jurídico.
Mediante la autenticación, el notario realiza, de manera independiente e imparcial, una función de servicio público que le encomienda el Estado. Más allá de esta autenticación, no parece que preste un asesoramiento jurídico destinado a promover los intereses específicos de las partes.
Además, tampoco parece que las tareas que un notario alemán lleva a cabo para ejecutar un contrato de compraventa autenticado de un bien inmueble (como la transferencia del importe del precio de la compraventa al vendedor, la cancelación de las cargas que gravan ese bien y la inscripción de la transmisión de la propiedad en el Registro de la Propiedad) impliquen la prestación de asesoramiento jurídico.
Por otro lado, un intérprete que asiste en una autenticación notarial no presta asesoramiento jurídico, por lo que sus servicios tampoco están comprendidos en dicha prohibición.