Una ayuda concedida por un Ayuntamiento para material escolar (libros de texto), dentro de un programa de ayudas municipales a familias con hijos en enseñanza obligatoria, está exenta de IRPF porque según el Reglamento del Impuesto lo están las becas públicas percibidas para cursar estudios reglados cuando la concesión se ajuste a los principios de mérito y capacidad, generalidad y no discriminación en las condiciones de acceso y publicidad de la convocatoria y en el caso, las bases reguladoras de las ayudas tienen como finalidad de paliar los efectos de la actual crisis económica para que los gastos inherentes al nuevo curso escolar resulten menos gravosos.
Es decir, para que una beca esté exenta al amparo del artículo 7.j) de la LIRPF (LA LEY 11503/2006), de exige de un lado que se trate de becas públicas, - entendiendo como tales a las concedidas por un ente u organismo del Sector Público siempre que la posibilidad de acceder a las becas sea de ámbito público, o de becas otorgadas por entidades sin fines lucrativos a las que sea de aplicación el régimen especial regulado en el Título II de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre (LA LEY 1774/2002), de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, así como, desde 1 de enero de 2015, de becas concedidas por las fundaciones bancarias reguladas en el Título II de la Ley 26/2013, de 27 de diciembre, de cajas de ahorros y fundaciones bancarias (LA LEY 21256/2013) en el desarrollo de su actividad de obra social; y de otro, que se trate de becas para cursar estudios reglados en todos los niveles y grados del sistema educativo o becas para investigación en el ámbito descrito por el Real Decreto 63/2006 (LA LEY 128/2006) u otorgadas con fines de investigación a los funcionarios y demás personal al servicio de las Administraciones públicas y al personal docente e investigador de las universidades.
Por ello, una ayuda para material escolar (libros de texto), entendiéndose que se concede por ser padre de un hijo escolarizado en los términos que se exige en la convocatoria, sí constituye una beca pública para cursar estudios reglados del sistema educativo que está exenta en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.