Cargando. Por favor, espere

Portada

Presentada una autoliquidación modelo 600 en concepto de 'Adjudicación de sociedad de gananciales' con un importe de cuota a ingresar de cero euros, se gira liquidación al entender que la operación realizada queda gravada al tipo de operaciones societarias del 1%, resultando una cantidad a ingresar.

La operación de liquidar la sociedad obligatoriamente la deben hacer los socios de cualquier sociedad para poder adjudicarse los bienes aportados en su constitución o posteriormente; de lo contrario, tales bienes seguirían perteneciendo a la sociedad que crearon y no podrían recuperarlos.

El TEAF insiste en que, para poder repartirse los bienes, tienen que hacer desaparecer la sociedad que constituyeron mediante el proceso de liquidación de la misma, y es ese proceso de liquidación es el que les permite incorporar los bienes a su patrimonio personal, siendo este acto el que se grava por la normativa del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados en su modalidad de operaciones Societarias, y lo que no es posible en que los propios interesados sean los que excluyan de la adjudicación de la sociedad de gananciales los inmuebles que, habiéndose inventariado y adjudicado, pertenecen a la sociedad puesto que manifiestan que no se ha procedido a la liquidación formal de la misma.

Si primero se disuelve un matrimonio y se liquida una sociedad conyugal en la que existen participaciones de una sociedad mercantil, interviniendo únicamente como partes los dos excónyuges, y luego se liquida una sociedad mercantil legalmente constituida con un objeto social concreto y que es la única titular de los bienes que figuran en su activo, y en esta operación interviene también una tercera persona que es el liquidador de la sociedad, en caso de no efectuarse la liquidación de la sociedad mercantil ésta seguiría existiendo y los excónyuges no podrían adjudicarse los bienes que conforman el patrimonio de la misma, por lo que la operación debió tributar al tipo de operaciones societarias del 1%.

Scroll