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El Plan se desarrollará desde 2024 a 2027 y se creará una Comisión interministerial de seguimiento e impulso del mismo, que se reunirá con una periodicidad, al menos, trimestral. Incluye un Anexo que contiene el listado de medidas del Plan de Acción por la Democracia. Se desarrollará sobre 3 ejes:

Primer eje de actuación: ampliar y mejorar la calidad de la información gubernamental

  • Línea de acción 1.1. Desarrollo de estrategias y mecanismos de Gobierno Abierto:

· Aprobación de la nueva Estrategia de Gobierno Abierto y remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley de Administración Abierta para ampliar las obligaciones en materia de transparencia, reforzar los controles sobre los cargos públicos, en especial en materia de conflictos de interés y ampliar la participación ciudadana la colaboración de la sociedad civil en los asuntos públicos.

· Celebración en la ciudad de Vitoria-Gasteiz de la novena Cumbre Global de la Alianza para el Gobierno Abierto en otoño de 2025, en la que participarán más expertos en la materia y líderes gubernamentales de todo el mundo.

· Terminar la ejecución del IV Plan de Gobierno abierto (2020-2024) y preparar el V plan en un proceso de creación conjunta con las organizaciones de la sociedad civil.

· Adopción del Acuerdo por el que se aprueba el Sistema de Integridad de la Administración General del Estado.

  • Línea de acción 1.2. Rendición de cuentas obligatoria: establecimiento de una obligación legal de rendición de cuentas cada seis meses para todas las administraciones.
  • Línea de acción 1.3. Estrategias e iniciativas para profundizar en transparencia y reforzar la lucha contra la corrupción:

· Aprobación de una estrategia para profundizar en transparencia y reforzar la lucha contra la corrupción contemplada en la Ley 2/2023.

· Aprobación del Real Decreto para la creación de la Autoridad Independiente de Protección del Informante recogida en la Ley 2/2023.

· Aprobación del Real Decreto de ampliación de la plantilla orgánica del Ministerio Fiscal para crear dos nuevas unidades especializadas de la Fiscalía General del Estado para avanzar en la lucha contra el fenómeno de la corrupción pública y privada.

  • Línea de acción 1.4. Reforma de la Ley de Secretos Oficiales (LA LEY 471/1968): reforma de la Ley 9/1968, de 5 de abril, sobre secretos oficiales.

Segundo eje: fortalecer la transparencia, pluralidad y responsabilidad de nuestro ecosistema informativo

  • Línea de acción 2.1. Fijación de nuevos estándares de transparencia de los medios de comunicación:

· Creación de un registro de medios de comunicación en el que se disponga de información pública sobre su propiedad y la inversión publicitaria que reciben.

· Establecimiento de un deber de publicación anual de inversión publicitaria por parte de todas las administraciones públicas.

· Reforma de la Ley de Publicidad institucional:

- para introducir criterios de transparencia, proporcionalidad y no discriminación en su asignación.

- para garantizar que sistemas de medición de la audiencia y la metodología que utilicen cumplan los principios de transparencia, imparcialidad, inclusividad, proporcionalidad, no discriminación, comparabilidad y verificabilidad. Asimismo, se establecerán medidas de apoyo para aquellos medios de comunicación que estén íntegramente en lenguas oficiales diferentes del castellano.

  • Línea de acción 2.2. Establecimiento de mayores garantías de la independencia de los medios de comunicación:

· Impulso de la ley de secreto profesional de los periodistas como garantía jurídica para la protección de fuentes.

· Transposición de la Directiva (UE) 2024/1069 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril de 2024 (LA LEY 8340/2024), relativa a la protección de las personas que se implican en la participación pública frente a pretensiones manifiestamente infundadas o acciones judiciales abusivas («demandas estratégicas contra la participación pública»).

· Reforma de la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana, en su artículo 36 (LA LEY 4997/2015), apartado 23, sobre la calificación de la sanción por el uso de imágenes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

· Refuerzo de la auto-regulación de los Medios y las Plataformas digitales en el marco del Código de buenas prácticas a nivel europeo.

· Introducción de límites a la financiación que las administraciones públicas pueden dedicar a los medios de comunicación, para que no haya medios impulsados por o dependientes de administraciones públicas.

  • Línea de acción 2.3. Revisión de los mecanismos de defensa del pluralismo y la competencia para evitar la concentración de medios de comunicación en pocas manos: revisión del marco regulatorio para garantizar el pluralismo evitando la concentración de los medios de comunicación.
  • Línea de acción 2.4. Promoción de una mayor calidad del debate público:

· Aprobación de una Estrategia Nacional de lucha contra las campañas de desinformación.

· Reforma de la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen (LA LEY 1139/1982) y de la Ley Orgánica 2/1984, de 26 de marzo (LA LEY 705/1984), reguladora del derecho de rectificación, para mejorar el sistema para instar y lograr la rectificación de noticias falsas o abiertamente tendenciosas, con indemnizaciones y plazos adecuados.

· Abordar una reforma integral de los artículos del Código Penal que pueden afectar al derecho de libertad de expresión y a la creación artística, entre otros casos cuando se refiera a las instituciones del Estado, se trate de delitos contra los sentimientos religiosos o de escarnio público u otros supuestos, con el fin de darles una redacción homologable a los países de nuestro entorno y de atender a la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, en materia de difamaciones y su encaje legal.

· Puesta en marcha de un programa de ayudas dotado con 100 millones de euros para promover la digitalización de los medios de comunicación a través de la creación de bases de datos, el desarrollo de herramientas de mejora de la productividad y calidad informativa, así como el refuerzo de la ciberseguridad.

· Reforma de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia para que cuente con competencias en materia de servicios digitales y medios de comunicación, en consonancia con la creación a nivel comunitario del Comité Europeo de Servicios de Medios de Comunicación.

· Creación de una nueva comisión en el Congreso de los Diputados sobre desinformación.

Tercer eje: reforzar la transparencia del poder legislativo y del sistema electoral

  • Línea de acción 3.1. Promoción de instrumentos de transparencia del sistema político y de los procesos electoral:

· Establecer la obligación de celebrar anualmente el Debate sobre el Estado de la Nación.

· Reforma de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General (LA LEY 1596/1985):

- para establecer la obligación de celebrar debates electorales entre candidatos y candidatas.

- para establecer una obligación de publicación de todos los microdatos de las encuestas electorales, debidamente anonimizados.

  • Línea de acción 3.2. Reforzamiento de los mecanismos de prevención y detección de los conflictos de interés:

· Reforma del Reglamento del Congreso y del Reglamento del Senado (LA LEY 1690/1994) para reforzar las sanciones por la no presentación de declaración de bienes por parte de sus miembros o la presentación de información falsa o incompleta.

· Aprobación de la Ley de Grupos de Interés que regule su código de conducta y facilite el seguimiento del proceso legislativo.

  • Línea de acción 3.3. Fortalecer el régimen sancionador de los partidos políticos que no presenten sus cuentas de manera adecuada: reforzar el régimen sancionador aplicable a los partidos políticos que presenten sus cuentas de manera inadecuada.

Pueden acceder al texto completo EN ESTE ENLACE.

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