En primer lugar, se busca actualizar el régimen jurídico del organismo y adaptarlo a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre (LA LEY 15011/2015). La adaptación incluye, entre otras, la definición formal de la naturaleza del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional como organismo autónomo; la actualización de las disposiciones relativas al régimen de contratación del organismo para adecuarlas a los dispuesto en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LA LEY 17734/2017), por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (LA LEY 4613/2014) y al resto de normativa que resulte de aplicación, suprimiendo las referencias extemporáneas; o el reflejo de la distinción entre órganos de gobierno y ejecutivos regulada en el artículo 90 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre (LA LEY 15011/2015).
En segundo lugar, se persigue racionalizar la estructura organizativa y la atribución de funciones entre las unidades del organismo con el propósito de mejorar la toma de decisiones estratégica y el funcionamiento operativo.
Si la modificación impulsada por el Real Decreto 214/2014, de 28 de marzo (LA LEY 4658/2014), se efectuó, según declara la propia exposición de motivos de la norma, con el propósito primordial de preparar al organismo para la apertura de la Galería de las Colecciones Reales, una vez inaugurada esta la meta debe ser orientar la estructura organizativa hacia los nuevos objetivos estratégicos de la institución, según se identifican en el Plan de Actuación 2022-2026.
Entre los distintos ámbitos en los que se pretende incidir, destaca el correspondiente a la estrategia comercial y de marketing del organismo, el cual, junto a la modernización de la gestión museística y al desarrollo de la agenda cultural, está llamado a desempeñar un papel fundamental en el desarrollo de nuevas fuentes de financiación y el impulso de la sostenibilidad financiera de la institución.
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