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Ámbito contable. Modificación de la Circular 11/2008, 30 de diciembre (LA LEY 20897/2008), sobre normas contables, cuentas anuales y estados de información reservada de las entidades de capitalriesgo, para incluir que los fondos de inversión a largo plazo europeos (FILPE), recientemente incorporados al Registro de la CNMV, presenten a la CNMV los modelos de estados de información pública y reservada incluidos en esta Circular; establecer la remisión de los informes de seguimiento sobre salvedades por limitación al alcance relacionadas con la valoración incluidas en los informes de auditoría de las entidades de capital riesgo a través del servicio CIFRADOC/CNMV, con el objetivo de seguir avanzando en la digitalización de la CMMV; y, modificar los modelos de estados reservados incluidos en la Circular para introducir desgloses más adecuados y adaptarlos a los últimos cambios normativos.

Función de supervisión y vigilancia de los depositarios. Modificación de la Circular 4/2016, de 29 de junio (LA LEY 11382/2016), sobre las funciones de los depositarios de instituciones de inversión colectiva y entidades reguladas por la Ley 22/2014, de 12 de noviembre (LA LEY 17209/2014), por la que se regulan las entidades de capital-riesgo, otras entidades de inversión colectiva de tipo cerrado y las sociedades gestoras de entidades de inversión colectiva de tipo cerrado, y por la que se modifica la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva (LA LEY 1679/2003), para establecer la remisión por los depositarios de entidades reguladas en la Ley 22/2014, de 12 de noviembre (LA LEY 17209/2014), del informe anual sobre el cumplimiento de la función de vigilancia y supervisión a través del servicio CIFRADOC/CNMV, con el objetivo de seguir avanzando en la digitalización de la CMMV.

Aspectos operativos de las IIC. Modificación de la Circular 6/2008, de 26 de noviembre (LA LEY 17480/2008), sobre la determinación del valor liquidativo y aspectos operativos de las instituciones de inversión colectiva, para adaptar las normas sobre la comisión de gestión sobre resultados contenidas en esta Circular a los requisitos que sobre esta comisión establece el art.5 del Reglamento de IIC tras su última modificación para adaptarles a las Directrices de ESMA sobre las comisiones de gestión sobre resultados en OICVM y ciertos tipos de FIA (ESMA34-39992 ES) y suprimir las referencias al coeficiente de liquidez de las IIC de carácter financiero tras la supresión de dicho coeficiente en virtud del Real Decreto 1180/2023, de 27 de diciembre (LA LEY 36027/2023), por el que se modifica el Reglamento de IIC.

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