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Ilier Navarro. La necesidad de conciliación de la abogacía es una de las demandas históricas de la profesión. Aunque se han producido avances, el cambio cultural no ha sido fácil. Incluso el propio funcionamiento del sistema judicial en España prolonga unos obstáculos que impiden que los abogados puedan desarrollar una vida laboral compatible con su vida personal y familiar. De hecho, solo el 13% de los profesionales de la abogacía asegura que su lugar de trabajo cuenta con políticas para fomentar la conciliación.

Además, los despachos unipersonales y los que cuentan únicamente con el apoyo de unos pocos colaboradores son los que presentan mayores dificultades para que sus trabajadores disfruten de tiempo libre para pasarlo con sus amigos o familiares.

La conciliación es una aspiración en la que se avanza muy lentamente. A casi el 50% de los abogados les falta tiempo para estar con su entorno, ya sea familiar o con amigos. Son las mujeres, los perfiles más jóvenes, y las personas que trabajan solas quienes acusan en mayor grado los problemas para compatibilizar su vida personal y profesional. Así lo señala el Estudio sobre la Salud Mental de la Abogacía Madrileña, publicado hace unos meses por el Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM), que confirma que solo el 14,6% de los despachos cuenta con patrones de trabajo flexible, una herramienta útil para compatibilizar algunas responsabilidades familiares y personales con las de tipo laboral. En el 8% de los casos tienen la posibilidad de tomarse un tiempo libre extra.

Los profesionales de mediana edad son los que más reclaman patrones de trabajo flexible y políticas de horario que les permitan asumir sus compromisos familiares, una demanda que está vinculada a la etapa de la vida en la que se encuentran y con la necesidad de corresponsabilizarse en la crianza de sus hijos.

Falta de tiempo

Los bufetes más pequeños son los que muestran una mayor dificultad para facilitar tiempo libre a quienes trabajan en ellos. Según el informe del ICAM, la sensación de falta de tiempo para contactar o quedar con los amigos es mucho más acusada en despachos unipersonales, especialmente en aquellos donde toda la responsabilidad recae en una sola persona, con el 34%, pero también en aquellos que cuentan con algunos colaboradores, donde esta percepción se da en el 20% de los casos. Cuando se habla de escasez de tiempo libre para disfrutar de la familia, los porcentajes son casi los mismos: el 35% de los despachos unipersonales y el 18% de los que, siendo unipersonales, disponen de colaboradores, con el 18%.

Casi la mitad de los encuestados indica que su rutina de trabajo le impide pasar tiempo con amigos (49%), lo que puede llevar a un deterioro de las relaciones sociales y un posible sentimiento de aislamiento. Además, una gran proporción de los encuestados siente que su trabajo les quita tiempo que podrían pasar con su familia (46,3%). Esto puede afectar la calidad de las relaciones familiares y contribuir a un desequilibrio entre la vida laboral y personal.

Avances: suspensión de juicios

Sin embargo, ha habido algunos avances relevantes relacionados con la suspensión de juicios en casos muy concretos, una demanda histórica del Consejo General de la Abogacía de España (CGAE) y de numerosos colegios, debido a que tradicionalmente esta decisión quedaba a merced de la discrecionalidad de los jueces.

Esto precisamente es lo que señala el Real Decreto Ley 5/2023 (LA LEY 17741/2023), que regula la suspensión de vistas y procedimientos a causa de nacimiento de un hijo, cuando el abogado enferme o cuando lo haga alguno de sus familiares cercanos. También por cuidado de menor. En el propio texto legal se indica que estas medidas se orientan a facilitar “una mayor conciliación de la vida personal y familiar con el desempeño profesional de las personas profesionales de la abogacía, la procura y los graduados y las graduadas ante los tribunales de justicia”.

En el caso de los procedimientos penales, el juicio oral se suspenderá “cuando algún miembro del Tribunal, el Fiscal o el defensor de cualquiera de las partes, enfermare repentinamente hasta el punto de que no pueda continuar tomando parte en el juicio ni pueda ser reemplazado este último sin grave inconveniente para la defensa del interesado”.

La suspensión del juicio oral también se aplicará en caso de fallecimiento u hospitalización o intervención quirúrgica por causa grave del abogado defensor de cualquiera de las partes o de alguno de sus familiares de hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad. Si se produce un parto de manera repentina o sin tiempo suficiente para que otro profesional se haga cargo del asunto con tiempo para prepararlo, el señalamiento se suspenderá “por el tiempo mínimo imprescindible en atención a su complejidad.»

En el orden civil se regula la interrupción de los plazos durante tres días hábiles cuando los colegios de abogados, de procuradores o las partes personadas comuniquen causas objetivas de fuerza mayor que afecten al abogado o al procurador: nacimiento y cuidado de menor, enfermedad grave y accidente con hospitalización, fallecimiento de parientes hasta segundo grado o baja laboral certificada. También si su cónyuge fallece, tiene un accidente o enfermedad grave o si esto afecta a una persona a la que estuviese unido por una relación de afectividad similar. La suspensión será de tres días hábiles hasta un máximo de cinco días hábiles si tiene que desplazarse a otra localidad.

Si se trata de un abogado del turno de oficio, la suspensión se prolongará durante el tiempo en que el colegio correspondiente designe a un sustituto.

Todo parece apuntar a que hay margen de mejora. Existe una preocupación creciente por la conciliación y por el desarrollo de una vida plena. Los despachos y bufetes deben abordar este reto con medidas adecuadas y adaptadas, que permitan compatibilizar los compromisos familiares y profesionales de una manera equilibrada, promoviendo medidas de prevención tanto a nivel individual como colectivo.

Las políticas de conciliación, enfocadas en horarios más racionales, jornada flexible, teletrabajo y desconexión digital, deben ser parte de una estrategia integral y continua en el tiempo que ayude a los bufetes a cuidar y a retener el talento que de los abogados.

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