De esta forma, la finalidad es posibilitar la tramitación anticipada de una subvención, en régimen de concurrencia competitiva, regulada por la Orden TES/945/2024, de 6 de septiembre (LA LEY 19396/2024), por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a las actividades de promoción del trabajo autónomo y para sufragar los gastos de funcionamiento de las asociaciones de trabajadores autónomos de ámbito estatal, para el año 2025.
La promoción y fortalecimiento del trabajo autónomo es un objetivo prioritario para el Ministerio de Trabajo y Economía Social y para lograrlo, se considera necesario que la convocatoria de subvención para el año 2025, en régimen de concurrencia competitiva, se realice de manera anticipada, con el objetivo de facilitar la tramitación de las subvenciones y posibilitar el normal desarrollo de las actividades de promoción de dicha forma de empleo, así como al sostenimiento de las organizaciones representativas del colectivo.
Con dicha tramitación anticipada, se busca que la tramitación y resolución de la convocatoria anual 'Resolución por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones a las actividades de promoción del trabajo autónomo y para sufragar los gastos de funcionamiento de las asociaciones de trabajadores autónomos de ámbito estatal' pueda tener lugar en el primer cuatrimestre del año 2025, para lo cual se requiere la autorización del gasto correspondiente antes de que finalice el ejercicio presupuestario del año 2024.
El importe previsto de la citada subvención para el año 2025 se corresponde con el siguiente detalle, según las aplicaciones presupuestarias: (importe en euros):
Por tanto, al superarse los límites de compromisos con cargo a ejercicios futuros a que se refiere el apartado 2 del artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria (LA LEY 1781/2003), el Consejo de Ministros ha autorizado para elevar el límite en la anualidad de 2025.