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Ley 5/2024, de 13 de noviembre (LA LEY 26160/2024), contiene el Estatuto de las Mujeres Rurales y del Mar de Andalucía, que establece mecanismos para la efectiva igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en la actividad agraria, pesquera y agroalimentaria de Andalucía, así como la aplicación de la perspectiva de género en las políticas, medidas y acciones de la Consejería competente en materia de agricultura, ganadería, pesca, agroalimentación y desarrollo rural.

La norma define la mujer rural como aquella que reside o ejerce su actividad en el ámbito de aplicación de las medidas de planificación estratégica derivadas de las políticas de desarrollo rural, o que ejercen su actividad en los sectores agroalimentario y pesquero; como mujer agraria toda mujer que ejerza una actividad para la obtención de productos agrícolas y ganaderos, así como las contratadas o representantes en organizaciones agrarias, independientemente de su régimen jurídico, y las que desempeñan tareas de gestión, dirección y gerencia de la explotación; y como mujer de la pesca o del mar aquella dedicada de forma profesional a la extracción de recursos pesqueros, actividades de marisqueo y acuicultura, pesca-turismo; que explota o posee una empresa dedicada a una actividad vinculada a cualquiera de las fases de las cadenas de producción, transformación, comercialización, distribución y comercio al por menor de productos de la pesca y la acuicultura, así como las contratadas o representantes en organizaciones pesqueras, independientemente de su régimen jurídico.

Representación y participación

El texto se ocupa de la representación y participación de las mujeres en el sector agrario y pesquero.

Por lo que respecta a la representación, entendiendo como tal un reparto de poder y responsabilidades equilibrado entre mujeres y hombres, la Consejería competente en materia de agricultura, ganadería, pesca, agroalimentación y desarrollo rural promoverá que, en los órganos de dirección de las cooperativas, sociedades, asociaciones y organizaciones profesionales que desarrollen su actividad en los ámbitos agrario, pesquero y agroalimentario, exista una representación equilibrada e impulsará as medidas necesarias para que haya una representación, al menos equilibrada, de mujeres y hombres entre las personas intervinientes y ponentes en dichas actividades.. Con respecto a las prestaciones, priorizará en las contrataciones públicas a las organizaciones profesionales y asociaciones que operen en estos ámbitos y cuenten con una representación equilibrada o una mayor presencia de mujeres en sus órganos de dirección. Asimismo, podrá establecerse como condición de admisibilidad la presencia de mujeres en los órganos de dirección de las organizaciones profesionales o asociaciones que operen en los citados ámbitos.

Además, los Grupos de Desarrollo Rural y los Grupos de Acción Local Pesquero que gestionen fondos públicos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía deberán contar con una presencia equilibrada en la composición de sus órganos de gobierno.

Por su parte, la norma pretende con la participación hacer efectivo el derecho de las mujeres a participar en el diseño e implementación de las políticas que regula, disponiendo que el diseño, elaboración, desarrollo y evaluación de las políticas, planes, programas y estrategias que elabore la Administración de la Junta de Andalucía en el marco de la política agraria, agroalimentaria, pesquera y de desarrollo rural se realizarán con la participación de las asociaciones de mujeres de dichos sectores. Igualmente, las normas, planes, programas, medidas y actuaciones que la Administración de la Junta de Andalucía desarrolle en el ámbito de sus competencias en materia agraria, agroalimentaria y pesquera tendrán en cuenta la situación específica de mujeres y hombres, sus prioridades y necesidades, al objeto de eliminar potenciales efectos discriminatorios.

La Consejería competente en materia de agricultura, ganadería, pesca, agroalimentación y desarrollo rural también garantizará la visibilización del trabajo de las mujeres y su participación en la toma de decisiones, como medida para eliminar la brecha de género en la representatividad de las mujeres del sector, y adoptará las medidas necesarias para la participación social de las asociaciones de mujeres.

Y creará la Mesa de mujeres rurales y del mar andaluzas, órgano colegiado de participación social de las asociaciones de mujeres rurales y del mar, cuyo objeto será fomentar la participación activa de las asociaciones de mujeres rurales y del mar en la incorporación de la perspectiva de género.

Sostenibilidad de la vida laboral, familiar y personal

Dentro de este ámbito el texto recoge medidas que promuevan la corresponsabilidad y equilibren el reparto de tareas domésticas y de cuidados para facilitar la conciliación entre la vida familiar, personal y laboral, que faciliten la conciliación de la vida laboral, familiar y personal de las mujeres y hombres, teniendo en cuenta las particularidades de la actividad agraria, pesquera y del sector agroalimentario y pesquero, y que fomenten la igualdad y promuevan procesos de cambio en empresas, entidades o Administraciones vinculadas a los sectores incluidos en su ámbito de aplicación.

Reconocimiento y visibilización

La nueva ley pretende alcanzar las condiciones para la necesaria visibilización y reconocimiento de la aportación y el trabajo que han desarrollado y desarrollan las mujeres en los sectores agrario, agroalimentario y pesquero de Andalucía.

Para ello la Administración de la Junta de Andalucía promoverá la necesaria visibilización y el reconocimiento de la aportación de las mujeres a los sectores agrario, agroalimentario y pesquero, fomentando la transmisión de saberes, la formación y la capacitación de las mujeres en estos ámbitos, reconociendo y haciendo visible su contribución al mantenimiento de las explotaciones familiares.

Además, la Consejería competente en materia de agricultura, ganadería, pesca, agroalimentación y desarrollo rural, a través de estudios, estadísticas, informes, premios y otros reconocimientos, establecerá los mecanismos necesarios para garantizar el derecho a la visibilización del trabajo de las mujeres y para integrar la perspectiva de género en su ámbito de actuación.

Asimismo, se determinan las medidas que habrá de adoptar dicha Consejería para que la comunicación a través de los canales institucionales y las actividades de difusión que realice sea siempre respetuosa con hombres y mujeres, integradora e incorpore la perspectiva de género.

Y se crea el premio «Mujer Rural, de la Agricultura, la Ganadería, la Alimentación y del Mar», como distinción a otorgar a aquellas mujeres que hayan destacado por su trabajo, actividad o méritos en el campo profesional, técnico, empresarial, comercial o investigador en la agricultura, ganadería, pesca, industria agroalimentaria y desarrollo rural en Andalucía.

Sensibilización y formación en materia de igualdad de oportunidades

La norma determina aquellas condiciones que considera necesarias para promover la formación y sensibilización en materia de igualdad entre el personal de la Consejería competente en materia de agricultura, ganadería, pesca, agroalimentación y desarrollo rural, así como las que impulsen la presencia de las mujeres en la formación del sector.

Así, la Consejería competente en materia de agricultura, ganadería, pesca, agroalimentación y desarrollo rural, así como sus entes instrumentales adoptarán las medidas necesarias para asegurar a su personal una formación básica, progresiva y permanente en materia de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, y ofrecerá programas de formación orientados a la mejora de la capacitación técnica y al desarrollo personal de las mujeres que trabajan en el sector agrario, agroalimentario o pesquero, teniendo en cuenta las distintas realidades en cuanto a edad, formación profesional, acceso al empleo o actividad económica, debiendo tenerse en cuenta que toda actividad formativa deberá regirse por el principio de igualdad e incorporará la perspectiva de género.

Además, la Agencia Digital de Andalucía promoverá acciones para eliminar la brecha digital de género y territorial, tanto en el uso de las tecnologías como en la creación de contenidos, con mecanismos que faciliten e impulsen el acceso a las tecnologías de la información y la comunicación de las mujeres de los sectores agrario y pesquero.

Promoción del empleo y condiciones laborales

El texto contiene medidas de fomento del empleo femenino en los sectores incluidos en su ámbito de aplicación, tanto por cuenta ajena como propia, tales como la promoción y el incentivo del empleo femenino por parte de la Administración, la priorización de las solicitudes de ayudas y subvenciones destinadas a alguna actividad agrícola, ganadera, agroalimentaria o pesquera, presentadas por mujeres y por empresas y entidades que, en los términos previstos reglamentariamente, trabajen por la igualdad de oportunidades, siempre que sea compatible con la normativa europea o estatal básica, el acceso al crédito de las mujeres agrarias, rurales y de la pesca sin desigualdades de género, el impulso de ayudas y subvenciones, para el desarrollo de actividades que fomenten la igualdad de oportunidades, a las entidades asociativas representativas de las mujeres que trabajen promoviendo los intereses de las mujeres en el sector agrario, agroalimentario, del ámbito rural y del sector pesquero, o el apoyo al trabajo autónomo femenino, tanto el acceso al mismo como su mantenimiento, y al as iniciativas empresariales de mujeres emprendedoras.

Además, la norma se ocupa de cuestiones tales como la garantía del derecho a la protección de la salud en el trabajo de las mujeres que lo desarrollan en los sectores agrario, agroalimentario y pesquero, o la protección frente al acoso sexual y por razón de género.

Titularidad compartida

Por último, la nueva ley aborda el derecho de las mujeres a la titularidad de las explotaciones agrarias a través de la titularidad compartida, una figura que se fomenta para que el mayor número de personas se acoja a este régimen de propiedad como forma de reconocer los derechos de las mujeres que trabajan en el sector agrario.

Con esta finalidad, la Consejería competente en materia de agricultura y ganadería realizará campañas de información, difusión y sensibilización para promover e incrementar el acceso de las mujeres a la titularidad en cualquiera de sus formas y figuras legales, muy especialmente a la titularidad compartida, y su inscripción en los registros correspondientes, mientras que la Administración de la Junta de Andalucía promoverá la figura de la titularidad compartida con objeto de que se cumpla el fin para el que fue creada y fomentará el acceso de las mujeres a la titularidad registral de las explotaciones, así como a la titularidad de las ayudas, pagos, derechos de producción, primas, cuotas u otras medidas de efecto equivalente que correspondan a su explotación.

Entrada en vigor

La Ley 5/2024, de 13 de noviembre 2024 (LA LEY 25908/2024), entra en vigor el 23 de noviembre de 2024, al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

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