Cargando. Por favor, espere

Portada

En el BOE del día 26 de noviembre de 2024 se ha dictado la Orden ES/1324/2024, de 20 de noviembre (LA LEY 26237/2024), por la que se desarrolla el Real Decreto 417/2015, de 29 de mayo (LA LEY 10345/2015), por el que se aprueba el Reglamento de las Empresas de Trabajo Temporal.

La necesidad de dictar esta norma proviene de la obligación legal impuesta a las empresas de trabajo temporal (en adelante ETT) de ajustarse a un registro, a utilizar modelos oficiales de contratos y realizar comunicaciones periódicas de información, cuyo cumplimiento requiere de la necesaria concreción.

Así, existe una triple exigencia:

En este sentido, la Orden ESS/1680/2015, de 28 de julio (LA LEY 12977/2015) (norma derogada por la Orden de 2024), desarrolló en su día el citado Reglamento de ETT, concretando la asignación del número de autorización administrativa de las ETT y el establecimiento de modelos oficiales de contrato de puesta a disposición y de los contratos de puesta a disposición celebrados, que se remiten mensualmente a la autoridad laboral. Sin embargo, esta regulación es anterior al actual panorama legislativo, con especial atención a la reforma laboral.

La Orden tiene como fecha de entrada en vigor el 1 de diciembre de 2024.

Veamos los principales asos de la norma.

Objeto

El objeto de la nueva Orden es aprobar la relación de códigos de identificación que forman parte del número de autorización administrativa de las ETT (como se ha expresado, necesaria para su inscripción en el Registro de Empresas de Trabajo Temporal); establecer el modelo de contrato de puesta a disposición; y regular el modelo de la relación de contratos de puesta a disposición celebrados que las ETT deben remitir mensualmente a la autoridad laboral competente (art. 1 (LA LEY 26237/2024)).

Número de autorización administrativa de las ETT

Las autorizaciones administrativas de las empresas de trabajo temporal se numerarán correlativamente utilizando ocho dígitos.

Los dos primeros corresponderán a la autoridad laboral que conceda la autorización; los cuatro dígitos siguientes se reservarán (comenzando por el número 1), para indicar el orden secuencial de las autorizaciones; los dos últimos dígitos expresarán el año en que se concede la autorización administrativa (art. 2 (LA LEY 26237/2024) y Anexo I (LA LEY 26237/2024)).

Modelo de contrato de puesta a disposición

Los contratos que, sin eliminar ninguno de los conceptos contenidos en el modelo fijado en el Anexo II (LA LEY 26237/2024) (reproducido a continuación) ni alterar su denominación, contengan modificaciones de carácter puramente formal o incluyan elementos adicionales de información se considerarán ajustados al citado modelo (art. 3 (LA LEY 26237/2024)).

Relación de contratos de puesta a disposición

El nuevo modelo para entregar esta relación se contempla en el Anexo III de la Orden (LA LEY 26237/2024), y comprende la identificación de la ETT y de la empresa/s usuaria/s. Se entregará un formulario por cada centro de trabajo de la ETT (art. 4 (LA LEY 26237/2024)).

Scroll