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Aunque el TARCYL parte del concepto amplio de legitimación elaborado jurisprudencialmente, en el caso inadmite el recurso especial en materia de contratación interpuesto por una asociación salmantina para la defensa de animales, frente al pliego de prescripciones técnicas del contrato del servicio de custodia y estancia de perros y gatos abandonados o perdidos, recogidos en los municipios de la provincia de Valladolid.

Entiende que, pese a que la asociación recurrente tiene entre sus fines estatutarios la defensa de los animales con arreglo a la legislación vigente, su ámbito de actuación conforme a los mismos está limitado a la provincia de Salamanca, lo que determina su falta de legitimación para interponer el recurso frente a los pliegos de un contrato que ha de desarrollarse en la provincia de Valladolid.

No obstante la falta de legitimación, la resolución entra a conocer sobre los efectos del allanamiento alegado por la Administración con fundamento en las consideraciones del informe técnico del jefe del Servicio de Agricultura, Ganadería y Calidad del Agua de la Diputación de Valladolid.

Apunta el informe que algunas de las omisiones alegadas en el PPT podrían ser salvadas mediante la aplicación directa de la Ley 7/2023, pero no todas, porque la posibilidad de practicar la eutanasia a los perros que hayan permanecido más de dos años en las instalaciones, recogida en los pliegos, contraviene de plano lo establecido en el artículo 27.a) de la Ley.

Concluye que no puede entenderse producido el allanamiento del órgano de contratación porque no suscribe el informe, ni en él se aceptan exactamente las pretensiones del recurrente, ya que en él se solicita la inadmisión del recurso por falta de legitimación.

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