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El Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de Castilla y León confirma la exclusión del procedimiento de licitación del contrato para el suministro e instalación de una red wifi en las residencias y albergues juveniles dependientes del Instituto de la Juventud de Castilla y León del licitador cuya propuesta contravenía el cronograma de equipamiento y entrega de los centros.

El programa de implantación en los centros es inalterable por parte de los licitadores y, por ello, la oferta es contraria a las prescripciones del PCAP. Establecido un calendario concreto de implantación, la oferta excluida pretendía instalar y entregar dos centros en forma contraria al cronograma señalado en el PCAP.

El licitador excluido alega que la Mesa debería haber solicitado una aclaración sobre el motivo por el que indicaba que las implantaciones se llevarían a cabo en un orden distinto al establecido, y que la consecuencia no debería haber sido nunca la exclusión sino la valoración con cero puntos en el criterio.

Pero el Tribunal señala que haber sido requerido para formular aclaraciones sobre su oferta implicaría una alteración de la misma que rebasaría los límites de una mera aclaración o subsanación de un error material. Prevista en la oferta una planificación contraria a la establecida en el PCAP la subsanación pasaría por modificar esta planificación y cambiar las previsiones, y la subsanación o aclaración no alcanza a la adición de otros elementos, ya que ello representaría dar la opción al licitador afectado de modificar su proposición, vulnerando el principio de igualdad de trato.

El TJUE en relación a los principios de igualdad de trato y la obligación de transparencia tiene dicho que no es posible que una oferta pueda ser modificada después de su presentación. Se admite que los datos relativos a la oferta puedan corregirse o completarse de manera puntual, pero sin que ello se haga de forma que exceda del ámbito de la aclaración, que solo alcanza a los aspectos que pudieran resultar dudosos, pero que en ningún caso puede comportar una modificación de la oferta.

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