Plan REINICIA AUTO+ y Vehículos ECO/C
En concreto, el primer acuerdo de Consejo de Ministros ha autorizado la aplicación del Fondo de Contingencia por importe de 2,9 millones de euros y la concesión de un suplemento de crédito en el Ministerio de Industria y Turismo, para financiar los gastos de asistencia técnica en la tramitación de las ayudas del Plan REINICIA AUTO +, previstas en el Real Decreto-ley 8/2024, de 28 de noviembre (LA LEY 26947/2024).
El Plan REINICIA AUTO + es el programa de renovación puesto en marcha y destinado al parque circulante afectado por las inundaciones de octubre y noviembre de 2024. Está previsto en el Real Decreto-ley 8/2024, de 28 de noviembre (LA LEY 26947/2024), por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el marco del plan de respuesta inmediata, reconstrucción y relanzamiento frente a los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024.
Ante los daños causados por la DANA, el referido Real Decreto-ley contempla una serie de medidas dirigidas a la renovación y compra de vehículos nuevos y seminuevos que puedan sustituir a los destruidos, denominado PLAN REINICIA AUTO +.
El plazo de presentación de solicitudes de ayuda se inició el pasado 18 de diciembre de 2024 y permanecerá abierto hasta el día 30 de junio de 2025 o hasta que se agote el presupuesto.
Dada la necesidad de tramitar las ayudas en el menor tiempo posible, el Real Decreto-ley 8/2024 (LA LEY 26947/2024) prevé la formalización de un convenio con la Sociedad Mercantil Estatal Tecnologías y Servicios Agrarios (TRAGSATEC), que actuará como entidad colaboradora desde la apertura del plazo de presentación de solicitudes hasta su finalización.
En este sentido, y con objeto de hacer frente a los gastos previstos para las asistencias técnicas vinculadas a la gestión de las citadas ayudas en la anualidad 2025, la Dirección General de Programas Industriales solicita un suplemento de crédito por el citado importe de 2,9 millones de euros en la aplicación 'Estudios y trabajos técnicos'.
Por todo ello, es preciso autorizar la aplicación del Fondo de Contingencia y la concesión de un suplemento de crédito en el Ministerio de Industria y Turismo, por ese importe, de conformidad con lo establecido en la Ley General Presupuestaria (LA LEY 1781/2003) y en el Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre (LA LEY 24854/2024), por el que se adoptan medidas urgentes de respuesta ante los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024.
Ayudas a vehículos Eco/C
Por otro lado, el Consejo de Ministros ha autorizado la aplicación del Fondo de Contingencia por importe de 351,3 millones de euros y la concesión de un suplemento de crédito en el Ministerio de Industria y Turismo, para atender las ayudas de la sección 'Eco/C' del Plan REINICIA AUTO +, previstas en el Real Decreto-ley 8/2024, de 28 de noviembre (LA LEY 26947/2024).
Ante los daños causados por la DANA, el citado Real Decreto-ley contempla una serie de medidas dirigidas a la renovación y compra de vehículos nuevos y seminuevos que puedan sustituir a los destruidos, denominado Plan REINICIA AUTO +.
Este Plan prevé la concesión de ayudas en dos secciones: la sección 'Cero', y la sección 'Eco/C', destinadas a la adquisición de vehículos con el distintivo ambiental 'Cero Emisiones' y los distintivos 'Eco' y 'C', respectivamente.
Tal y como establece el Real Decreto-ley 8/2024 (LA LEY 26947/2024), las ayudas que se otorguen a través de la sección 'Eco/C', por un importe previsto de 401,3 millones se financiarán con cargo a fondos de los Presupuestos Generales del Estado asignados a la Secretaría de Estado de Industria.
Con objeto de atender las solicitudes de ayudas, el Consejo de Ministros autorizó el pasado 17 de diciembre la concesión de un crédito extraordinario por importe de 50 millones de euros.
A fin de completar la dotación presupuestaria para las citadas ayudas, se requiere un incremento de crédito por importe de 351.300.000 euros en diversas aplicaciones del capítulo 7 'Transferencias de capital' del programa 'Contingencias asociadas a la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) de 2024' de la Dirección General de Programas Industriales.
Por ello, es preciso autorizar la aplicación del Fondo de Contingencia y la concesión de un suplemento de crédito en el Ministerio de Industria y Turismo, por importe total de 351,3 millones de euros, de conformidad con lo establecido en la Ley General Presupuestaria (LA LEY 1781/2003) y en el Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre (LA LEY 24854/2024), por el que se adoptan medidas urgentes de respuesta ante los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024.
Fondo de Contingencia para niños y adolescentes
El artículo 78 del Real Decreto-ley 7/2024 (LA LEY 25327/2024) habilita al Ministerio de Juventud e Infancia para conceder subvenciones a las entidades locales, diputaciones provinciales y entidades del tercer sector para financiar prestaciones básicas en el ámbito de la infancia, la adolescencia y la juventud como medidas de respuesta ante los daños causados por la DANA en diferentes municipios, teniendo dichas ayudas la consideración de subvenciones directas.
Para ello, se ha solicitado 60.641.294 euros cuyo reparto de importes para financiar las prestaciones básicas en el ámbito de la adolescencia y la juventud se efectúa de la siguiente forma: el 76,91% de los recursos se destinará a las entidades locales (46,6 millones de euros), el 6,6% a las diputaciones provinciales (4 millones de euros) y el 16,49% a entidades del tercer sector (10 millones de euros).
Por lo tanto, para dar cumplimiento a dicho gasto, es preciso autorizar la aplicación del Fondo de Contingencia y la concesión de un crédito extraordinario en el Ministerio de Juventud e Infancia, por el citado importe, de conformidad con lo establecido en la Ley General Presupuestaria (LA LEY 1781/2003) y en el Real Decreto-ley 7/2024, de 11 de noviembre (LA LEY 25327/2024), por el que se adoptan medidas urgentes para el impulso del Plan de respuesta inmediata, reconstrucción y relanzamiento frente a los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024.