Cargando. Por favor, espere

Portada

Para hacer efectivo el reconocimiento de la personalidad jurídica, la Ley de 30 de septiembre, en su artículo 3, crea tres órganos para su representación y gobernanza: el comité de representantes; la comisión de seguimiento, y el comité científico. (publicado ya en el BOE, RD 90/2025, de 11 de febrero (LA LEY 3095/2025))

Comisión de seguimiento

La comisión de seguimiento estará integrada por 19 miembros, con la denominación de guardianes y guardianas de la laguna del Mar Menor: ocho miembros en representación de los municipios ribereños o de la cuenca y 11 miembros en representación de los sectores económicos, sociales y medioambientales, en el ámbito territorial de la Región de Murcia.

Comité científico

El comité científico está conformado por personas científicas y expertas independientes de reconocido prestigio, especializados en el estudio del Mar Menor desde distintas áreas de conocimiento y que serán designados respectivamente por los siguientes organismos:

  • Las Universidades de Murcia y Alicante.
  • El Centro Oceanográfico de Murcia del Instituto Español de Oceanografía.
  • La Sociedad Ibérica de Ecología.
  • El Consejo Superior de Investigaciones Científicas.

La Ley determina la composición y funciones básicas de estos órganos, pero mediante esta regulación se articula la forma en la que deben constituirse y funcionar para que el Mar Menor y su cuenca pueden ejercer sus derechos propios, tales como el derecho a existir y a evolucionar naturalmente, el derecho su protección o los derechos a su conservación y restauración.

Antecedentes

En el año 2022 se aprobó una de las figuras más innovadoras y singulares en materias protección de nuestra biodiversidad, la Ley 19/2022, de 30 de septiembre (LA LEY 20903/2022), para el reconocimiento de personalidad jurídica a la laguna del Mar Menor y su cuenca. Esta norma supuso considerar este ecosistema como sujeto titular de una carta de derechos propios capaz de ejercer por sí mismo.

Esta ley surgió de la iniciativa legislativa popular y el Tribunal Constitucional, en sentencia del año 2024, ha confirmado reconociendo que es la primera norma euro mediterránea que se inscribe dentro del modelo que atribuye personalidad jurídica a los entes naturales.

Scroll