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Por Ilier Navarro.- Si los planes de compliance para prevenir el acoso escolar no funcionan, lo que está en juego es mucho más que la reputación del centro educativo: el riesgo de suicidio de los niños y niñas que sufren a diario bullying en sus aulas, en el patio, en los baños o en los pasillos de su colegio. Las estadísticas son demoledoras y uno de cada tres menores padece las burlas y las agresiones de sus compañeros en un entorno en el que se debería garantizar su protección y seguridad. Al centro y al coordinador de bienestar, además, se les puede imputar responsabilidad penal. ¿Cómo gestionarlo? Hay que elevar los estándares de cumplimiento, con una estrategia eficaz y real, evaluable y sólida para la prevención del acoso que incluya protocolos de detección y de actuación en el día a día. Los planes de convivencia y otros documentos sirven de poco si terminan en los cajones de los despachos sin ejecutarse.

Estas fueron algunas de las reflexiones que se compartieron durante la jornada titulada «Sistemas de gestión antiacoso escolar» celebrada el pasado 11 de marzo. El encargado de moderar el debate posterior fue Iván Moya, responsable de Transformación Sectorial en UNE, la Asociación Española de Normalización, organizadora del evento que contó con dos ponencias del máximo nivel, con la intervención de Vicente Magro, magistrado de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, y de Carlos Gómez-Jara Díez, abogado y profesor titular de derecho penal. También perticipó en la sesión Marta Fernández, responsable de Ética, Gobernanza y Compliance de UNE.

¿Cuál es la consecuencia de que un centro escolar carezca de un plan de prevención del acoso escolar? Es un escenario más frecuente de lo que se cree y los efectos son mucho más graves que los que padece una empresa que no dispone de un plan de compliance penal. «Existe un riesgo de vida, hay niños y niñas que se han suicidado por no soportar el acoso escolar. El tema no tiene ya una trascendencia económica, sino emocional, se trata de la protección de nuestros hijos», advirtió Vicente Magro, que criticó que la actual regulación no haya desarrollado con precisión una figura clave, la del coordinador de bienestar y protección, que creó la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia (LA LEY 12702/2021).

«Uno de cada tres estudiantes es víctima de bullying según la Unesco, pero hay una elevada cifra negra de criminalidad que existe, pero solo estamos conociendo la punta del iceberg, ¿Cuántos niños y niñas van a casa y no dicen que les están acosando? ¿Cuántos han atentado contra su vida por no poder contar lo que les ocurre?», reflexionó el magistrado. Por ello, señaló que las organizaciones no se deben dar por satisfechas únicamente por tener un seguro de responsabilidad civil que cubra este riesgo, en un contexto en que los menores de 14 años no tienen responsabilidad penal. «¿Vamos a resolver el acoso escolar solo con una póliza de responsabilidad civil? No compensa el daño sufrido para los padres, es dinero manchado de sangre. ¿Qué va a hacer una madre con un seguro que le va a dar 100 o 200 mil euros por un hijo que se ha suicidado por acoso escolar, un acoso que ha sufrido en el centro?», se preguntó.

Responsabilidad penal del coordinador y del centro

Vicente Magro repasó datos estadísticos de diferentes fuentes e informes que se han desarrollado a lo largo de 17 años. Y destacó que la principal motivación detrás del acoso escolar es la desigualdad, ser diferente, siendo la apariencia física la razón más frecuente, seguido de la raza, la nacionalidad o el color de la piel. Y los acosadores actúan en grupo frente a la víctima y le causan daño físico y psicológico.

La protección tiene que basarse en la prevención, en evitar el acoso escolar, teniendo en cuenta que los menores que lo sufren son silenciados mediante amenazas. En este sentido, realizó varios paralelismos con otros delitos, como la violencia vicaria, cuando el marido maltratador amenaza a la mujer con asesinar a los hijos si le denuncia. «El lema debe ser clarísimo: tolerancia cero», concluyó el magistrado.

Recordó también el caso de un colegio en el que contaban con protocolos para detectar las agresiones sexuales y les pedían a los niños que dibujaran lo que más les disgustaba en su vida. Una niña pintó a su padre abusando de ella y lo denunciaron a la Guardia Civil. «Tenemos que hacer lo mismo, hay que intentar llegar a aquellos niños que están siendo víctimas de acoso, sacarlo a la luz, hay que ejecutar y desarrollar la LO 8/2021 (LA LEY 12702/2021)», insistió.

En su intervención calificó de «altamente preocupante» que en la mayoría de los colegios no se haya designado al coordinador de bienestar y protección o que no cuenten con un programa de cumplimiento con actuaciones enfocadas en evitar el acoso escolar. Tanto el coordinador como el centro pueden tener responsabilidad penal, a diferencia del menor si tiene menos de 14 años, para el cual solo habría responsabilidad civil. «Cuando hay un caso, tenemos que preguntarnos qué ha pasado detrás de todo esto, no solo por la autoría del acosador, sino por la autoría de quien no ha hecho todo lo posible por evitarlo», puntualizó.

«Un protocolo que está en un cajón no vale. Hay que poner en marcha un auténtico programa de cumplimiento normativo que implante una cultura contra el acoso escolar. No es solo un papel que nos hacen y después fotocopiamos, es mucho más», concluyó el magistrado.

Gestión antiacoso eficaz y robusta

«Tras la reforma del Código Penal con el artículo 173 y con la Ley Orgánica 1/2025 (LA LEY 20/2025), que crea secciones de violencia contra la infancia, lo único que se interpone entre los centros educativos y la condena penal es un robusto sistema de gestión antiacoso escolar», advirtió Carlos Gómez-Jara Díez, profesor titular de derecho penal y abogado, que cree que es posible evolucionar en los niveles de cumplimiento igual que ocurrió con los planes de compliance penal para personas jurídicas, aprobados en 2010. Aunque no se sabía cómo abordar este reto, desde 2013, cuando se creó el Subcomité UNE por iniciativa del ex fiscal general del Estado José Manuel Maza Martín, la evolución ha sido positiva y «en serio», señaló.

El penalista recordó también que los datos de la Fundación ANAR «son espeluznantes» porque han detectado que el principal problema vinculado al suicidio infantojuvenil es el acoso escolar. «A cualquier padre o madre que escuche a su hijo decir que el colegio es un infierno y quiero desaparecer le recorre un escalofrío. Los niños no tienen ni voz ni voto, no hay manifestaciones por la violencia contra la infancia. Pero las lágrimas no salvan vidas, hay que ponerse manos a la obra», subrayó.

Para el experto, a la Ley 8/2021 le falta un apartado de sanciones, aunque recalcó que, si no se actúa, puede haber una condena penal. Los centros deben centrar sus planes en el riesgo de la comisión de un delito específico, en las medidas concretas de vigilancia y de control idóneas para prevenirlo y para reducir de forma significativa la posibilidad de que ocurra. «Los planes tienen que estar enfocados en el riesgo de comisión del delito, con mediciones de verdad, no solo una encuesta, sino en plan consultoría, con números, identificando los controles específicos que se han implementado para ese riesgo concreto, y las diferencias en los riesgos que surgen en determinados grupos», detalló.

El rol del coordinador de bienestar y protección es «decisivo», de acuerdo con la ley, porque es responsable de garantizar el correcto funcionamiento de los protocolos y mecanismos de protección y de prevención del acoso escolar. También tiene una función de control de los otros niños. «Esto pocas veces en penal ocurre y tiene una enorme responsabilidad», advirtió el especialista, porque cuando los padres llevan a los niños al colegio, le transfieren su posición de garante de protección de los menores.

A nivel práctico, los planes deben incluir objetivos claros, planificación de medidas para lograrlos, dotando su ejecución de los recursos necesarios, además de dar formación a la comunidad educativa. Debe haber también personas con competencia operacional que aborden asuntos de diligencia y con capacidad para gestionar los incumplimiento e inconformidades. «Si un niño se suicida es porque ve la muerte como una liberación y no como un castigo. Tenemos que hacer nuestra parte», subrayó.

No a los planes cosméticos y estéticos

Durante el debate posterior, también se puso el acento en que es indispensable contar con una norma técnica sobre prevención del acoso escolar, porque en muchas ocasiones se elaboran «protocolos brillantes, pero no pasan a la realidad física, no son efectivos, no hay formación ni concienciación de verdad», criticó el abogado Carlos Gómez-Jara. «Si uno de cada tres niños sufre bullying, no están funcionando», concluyó.

También hay que considerar medidas que tengan un efecto disuasorio. «¿Por qué no montamos un canal de denuncias, como en las empresas, para que los niños digan “a mí me están acosando”? Hay que sacarlo a la luz. Si un niño sabe que hay un buzón, puede contarlo incluso de forma anónima y después se tendrá que investigar», planteó el magistrado Vicente Magro, que criticó que muchos centros intenten eludir su responsabilidad argumentando que los hechos ocurrieron fuera. «Pero es un problema suyo, no es ajeno», recalcó. También denunció que, en muchos casos, los planes solo pueden ser considerados como cosméticos y estéticos.

Por último, recordó que la Ley Orgánica 1/2025 de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia (LA LEY 20/2025) trae una novedad: la creación de nuevas secciones de violencia sobre la infancia y la adolescencia, que se responsabilizarán de juzgar estos casos. «Se constituirán en toda España con fecha 1 de julio, 1 de octubre y en Madrid capital el 31 de diciembre. También tratarán la derivación de responsabilidad penal de los centros escolares», aclaró

Las consecuencias, según Carlos Gómez-Jara, serán similares a las que se produjeron con los juzgados de violencia de género. «Cuando se pusieron en marcha, hubo un aluvión de procedimientos. Es muy previsible que se produzca también en casos de acoso escolar», vaticinó.

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