Uno de los problemas más graves que puede tener que afrontar un despacho de abogados en el área financiera es la falta de liquidez, sobre todo cuando tiene que afrontar retrasos en el cobro de las facturas emitidas. Y es muchas veces los clientes exigen facilidades de pago que les obligan a aplazar los ingresos o a parcelarlos en varias cuotas. Sin embargo, las empresas necesitan un nivel mínimo de flujo de efectivo para mantener su actividad y pagar los gastos como las nóminas de los empleados, el alquiler o a los proveedores. El factoring puede ser una solución para casos en los que se necesita mejorar el circulante.
No es poco común que un abogado gane un caso y emita una cuantiosa factura al cliente, pero tampoco lo es que este tarde en abonarla o bien que pida condiciones de pago más flexibles para abonar el importe en varios meses. El flujo de efectivo se puede resentir si esta situación se repite y no se adoptan medidas para contar con una gestión de tesorería más eficaz y adaptada. Una de las herramientas que puede ayudar es el factoring.
¿Qué es el factoring? Es un mecanismo de financiación a corto plazo que permite a la firma adelantar el cobro de sus facturas, recibiendo el pago por adelantado y una inyección directa de liquidez de forma inmediata. El ingreso lo realiza una entidad financiera, que se denomina factor y que adquiere el derecho de cobro a los clientes.
La operativa sería la siguiente: el bufete cede sus facturas a la entidad financiera o factor, y es esta la encargada de notificar al deudor que este derecho de cobro le ha sido cedido y que ella es quien lo va a gestionar, según el tipo de factoring que hayan acordado las partes. A su vez, también ingresa el importe acordado al despacho, que cuenta con liquidez inmediata. Finalmente, el deudor abona el importe facturado a la entidad financiera.
Pero como todo tiene su contrapartida, en este caso el despacho debe abonar una comisión o tipo de interés a la entidad, ya que se basa en el crédito, por lo que el ingreso previsto para la firma se reduce. De ahí que sea interesante evaluar en qué circunstancias concretas o para qué tipo de operaciones este instrumento puede ser realmente interesante.
¿Qué tipos de factoring hay?
Tal como señala la Cámara de Comercio de Valencia, hay varios tipos de factoring que pasamos a describir a continuación:
• Factoring sin recurso. La entidad financiera asume la responsabilidad de cobrar y también el riesgo de impago por parte del deudor.
• Factoring con recurso. En este caso, es la empresa que contrata el servicio de factoring la que responde del riesgo de insolvencia de sus clientes.
• Factoring doméstico. En este caso, todos los clientes deudores se encuentran en el territorio nacional.
• Factoring de exportación o importación. Los deudores que deben abonar la factura cedida pueden estar en distintos países.
• Factoring secreto o sin notificación. La empresa que cede la factura no quiere que los clientes sean informados de que la factura se ha cedido ni que se ha recurrido a este tipo de financiación.
Claros y oscuros del factoring
El principal efecto de este instrumento de financiación es que convierte las ventas a plazo en ventas al contado, es decir, tienen un impacto positivo inmediato en el flujo de caja de la empresa que cede los derechos de cobro. Sin embargo, la ventaja más evidente es que el ingreso esperado se reduce debido al pago de intereses y comisiones, que aumentan si la empresa cliente solicita otros servicios adicionales, como análisis de solvencia de los deudores u otro tipo de asesoramiento comercial. En definitiva, hay claros y oscuros en este mecanismo de financiación para las empresas.
Entre las ventajas del factoring para los despachos de abogados se pueden citar:
1. Contar con una vía adicional de financiación
2. Se incrementan los niveles de liquidez, ya que la inyección de recursos financieros es inmediata
3. La contabilidad puede simplificarse: la firma tiene un único cliente que abona todas las facturas al contado.
4. Mejora la gestión de cobros.
En la otra cara de la moneda, en las desventajas, destacan las siguientes:
1. Los ingresos esperados se reducen debido al pago de intereses o de comisiones.
2. Los costes financieros pueden ser más elevados que otros mecanismos de financiación del circulante.
3. Las operaciones que superen los 180 días no entran en el factoring.
4. Los clientes pueden imponer cláusulas en el contrato en las que vetan la posibilidad de que los cobros sean cedidos a terceros.
5. Existe la posibilidad de que la entidad o rechace el factoring para determinados documentos de pago si el deudor o las circunstancias muestran un elevado nivel de riesgo de morosidad.
Para que sea un instrumento ventajoso para la tesorería del bufete, se recomienda analizar previamente el impacto que puede tener el factoring como mecanismos de financiación con la calculadora en la mano, de modo que se utilice con visión estratégica y cuando sea necesario, ya que los costes económicos suelen ser elevados y el hecho transferir los derechos de cobro también podría resultar conflictivo o repercutir en la confianza de los clientes.