Debe revocarse la exclusión de un licitador del procedimiento de licitación del contrato mixto de suministro de gas propano a granel por depósito y servicio mantenimiento de las instalaciones, en las Residencias de Personas Mayores San Salvador en Oña y San Miguel del Monte porque el requerimiento remitido por la Diputación de Burgos, que otorgaba un plazo de tres días naturales "a contar desde la fecha de envío" para subsanar las deficiencias existentes en la documentación aportada, no fue publicada junto a su texto íntegro en la PCSP.
La Diputación de Burgos estaba obligada a la publicación del requerimiento de documentación con su contenido íntegro en la Plataforma el mismo día que el de la notificación, y no lo hizo, lo que implica que el plazo de tres días naturales que se otorgaba debía de haber comenzado a contar desde la efectiva recepción de la notificación por el interesado.
Aunque es cierto que ante la falta de contestación en plazo por parte del licitador no cabe un nuevo requerimiento, en el caso, el PCAP expresamente disponía que con independencia de que la licitación sea en formato electrónico o en papel, todas las comunicaciones y notificaciones se debían realizar por medios electrónicos a través de comparecencia electrónica o dirección electrónica habilitada en la Plataforma de Contratación del Sector Público, con expresa advertencia de que los plazos a contar desde la notificación se computarían desde la fecha de envío de la misma o del aviso de notificación en comparecencia electrónica; previsión ésta que reproduce lo dispuesto en la disposición adicional 15ª de la LCSP (LA LEY 17734/2017).
Por todo ello y en la medida en que plazo debía empezar a contarse desde la recepción de la notificación por el interesado, y desde esta fecha sí lo cumplimentó en plazo por lo que no debería haber sido excluido de la licitación.
Acuerda el TARCYL la anulación del acto de exclusión con retroacción del procedimiento al momento del requerimiento de la subsanación de la documentación aportada, otorgándose un nuevo plazo.