El acuerdo, que pueden consultar íntegro en ESTE ENLACE (LA LEY 121/2025), hace referencia a los siguientes temas:
a) Actividad negociadora como requisito de procedibilidad: cuando es subsanable y cuando no
b) Actividad negociadora en el proceso monitorio
c) Cálculo de la cuantía correspondiente a la acción de nulidad en caso de acumulación de acciones de nulidad por usura
d) Prórroga de la suspensión de desahucio y lanzamientos para hogares vulnerables
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