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La Norma tiene por objeto dar cumplimiento a lo dispuesto en la disposición adicional cuarta de la Ley 5/2024, de 8 de noviembre (LA LEY 25185/2024), básica de bomberos forestales, que dispone que el régimen de jubilación del personal objeto de la misma, se rige por lo dispuesto en la normativa en materia de seguridad social específica aplicable a los bomberos al servicio de las administraciones y organismos públicos.

La norma modifica el artículo 1 del Real Decreto 383/2008, de 14 de marzo (LA LEY 3301/2008), para incluir dentro de su ámbito de aplicación al colectivo de bomberos forestales que cumplan con los requisitos y condiciones previstos en el mismo.

Asimismo, se modifica el artículo 2 y la disposición adicional primera para adaptar su contenido al vigente texto refundido de la LGSS (LA LEY 16531/2015). Además, en dicho artículo 2 como en el artículo 5 se introduce la referencia a los bomberos forestales donde hasta ahora solo se mencionaba a los bomberos.

Por último, se incluye una nueva disposición transitoria para regular la aplicación gradual de los beneficios previstos en dicho real decreto en supuestos especiales para el colectivo de bomberos forestales.

Pueden acceder al texto completo del Proyecto en ESTE ENLACE.

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