El Tribunal Constitucional (TC) ha desestimado el recurso presentado por diputados del PSOE y de Sumar, promovido por la Obra Cultural Balear (OCB), contra el decreto ley que elimina el requisito del catalán en la sanidad balear.
El recurso fue presentado por más de 50 diputados de ambos grupos parlamentarios que alegaron que el texto vulnera los artículos 86 de la Constitución (LA LEY 2500/1978) y del 49 del Estatut d'Autonomia.
El alto tribunal considera que la norma está justificada de manera "explícita y razonada" por parte del Govern ante el déficit de profesionales sanitarios en Baleares que, añade, está apoyado en cifras concretas de fuentes oficiales.
Por otro lado, en relación con el artículo 49 del Estatut d'Autonomia, la sentencia del TC señala que el decreto ley no regula de forma general el régimen de la cooficialidad lingüística o del derecho de los ciudadanos a relacionarse con la administración en cualquier de las dos lenguas cooficiales de la Comunidad Autónoma.
En este sentido, considera que el decreto hace una "regulación solamente parcial", en el personal sanitario, y que éstos son "los únicos a los que afecta". Por tanto, apunta que la norma no altera los "elementos esenciales" del derecho de los ciudadanos a ser atendidos en ambas lenguas.
La supresión del requisito de catalán en el acceso a la sanidad pública era uno de los puntos del acuerdo de gobernabilidad alcanzado entre PP y Vox en Baleares. Iba incluida dentro de un plan de medidas urgentes para captar y fidelizar profesionales sanitarios en la Comunidad, y fue una de las primeras medidas adoptadas por el gobierno entrante.