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El Pleno del Tribunal Constitucional ha admitido a trámite los recursos de inconstitucionalidad promovidos por el Consell de la Generalitat Valenciana, el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, el Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León, el Consejo de Gobierno de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía y la Xunta de Galicia contra el Real Decreto-ley 2/2025, de 18 de marzo (LA LEY 7405/2025), por el que se aprueban medidas urgentes para la garantía del interés superior de la infancia y la adolescencia ante situaciones de contingencias migratorias extraordinarias.

Los demandantes alegan en sus recursos de inconstitucionalidad que la norma podría vulnerar, entre otros, los artículos 81 (LA LEY 2500/1978) y 86 de la Constitución (LA LEY 2500/1978), así como ser contraria al orden constitucional de distribución de competencias e infringir el principio de autonomía financiera de las Comunidades Autónomas (artículo 156 de la Constitución (LA LEY 2500/1978)).

El Tribunal Constitucional también admitió a trámite los recursos de inconstitucionalidad contra este mismo Real Decreto-ley promovidos por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid el 29 de abril (ver nota de prensa 41/2025) y por el Gobierno de Aragón, el Gobierno de Cantabria y la Junta de Extremadura el 27 de mayo (ver nota de prensa 48/2025).

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