La gestión de carteras de inversión permite al gestor adoptar estrategias operativas en mercados de valores para maximizar la rentabilidad, asumiendo el inversor un riesgo controlado. Se incorpora el criterio ASG (Ambientales, Sociales y de Gobernanza) en los contratos de gestión de carteras de inversión para asegurar la sostenibilidad, imponiendo nuevos deberes legales al gestor. Estos criterios se están integrando cada vez más en la legislación y regulación financiera, impulsando un cambio hacia la inversión responsable y sostenible.
Carmen Rojo Álvarez-Manzaneda, catedrática de Derecho Mercantil de la Universidad de Granada, en su trabajo «Implicaciones del marco normativo ASG en el contrato de gestión de carteras de inversión», al que puede acceder en este enlace, analiza el impacto normativo del marco ASG en el contrato de gestión de carteras de inversión con el objetivo de delimitar los deberes generales de actuación que rigen esta actividad y las posibles causas de responsabilidad civil derivadas del incumplimiento de los parámetros asociados a la financiación sostenible. Se busca esclarecer los deberes generales de actuación que deben seguirse en la prestación de estos servicios y, además, se examina cómo se manifiesta la responsabilidad civil de la entidad prestadora del servicio de inversión si no se adhiere a los parámetros de financiación sostenible establecidos por el marco ASG.
Otro tema interesante son los Fondos Europeos de Inversión a Largo Plazo (ELTIF 2.0); se trata de vehículos de inversión diseñados para canalizar capital hacia proyectos de inversión a largo plazo, como infraestructura, inmobiliario y empresas no cotizadas, tanto para inversores institucionales como minoristas.
Los abogados Ana García Rodríguez y Miguel Bastida , en su trabajo «Los nuevos fondos europeos de inversión a largo plazo (ELTIFS 2.0) mucho más que un vehículo de inversión alternativa», al que puede acceder en este enlace, examinan las modificaciones del Reglamento ELTIF 2.0 y cómo se implementan para mejorar las deficiencias del marco original y fomentar un mercado de fondos de inversión a largo plazo en Europa, ampliando la gama de activos aptos para invertir y favoreciendo la diversificación y competencia. Realizan además, un breve repaso de los aspectos más relevantes del régimen fiscal de los ELTIF 2.0 con el objeto de identificar posibles oportunidades para mejorarlo y hacer el producto más atractivo para inversores.
En el último número de Derecho del Mercado de Valores, podrá encontrar además los siguientes contenidos:
Estudios
- • Los bonos catastróficos como instrumentos de transferencia de riesgos a los mercados financieros, Rafael Mínguez Prieto
- • Acción concertada y OPAs competidoras: reflexiones a propósito del proceso de OPAs sobre Applus, Fernando Torrente García de la Mata y Rafael Hernáez Sorribes
Análisis
- • El artículo 508 de la Ley de Sociedades de Capital: una posibilidad para los aumentos de capital por compensación de créditos en las sociedades cotizadas, Santiago Bayo Sevilla
- • Nuevos retos legales en la distribución de fondos de capital privado a inversores minoristas. Una visión europea y española, Pilar Pastor Reig
- • The New Frontiers of Trust: Cryptoassets and NFTs – A comprehensive analysis and comparative remarks on Crypto and NFTs in the market and ecosystem, Constanza Naldini
- • La regulación de las ICOs como medio de financiación empresarial y su impacto en las políticas de prevención de blanqueo de capitales y financiación de terrorismo, Laura González Pachón
Mercados y praxis negocial
- • Reflexiones preliminares sobre los efectos del Listing Act en materia de difusión pública de información privilegiada y su incidencia en las operaciones de M&A, Ignacio Escrivá de Romaní Morales-Arce y Elena García Martín
Crónica del Mercado de Valores
- • Crónica documental
- • Crónica jurisprudencial
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