Antecedentes
La Directiva sobre fusiones establece un marco integral sobre unas prácticas fiscales justas y coherentes, y racionaliza los procesos de reestructuración de las empresas, reforzando así la competitividad y estimulando el crecimiento económico en toda la UE.
Actualmente, la legislación española aplica condiciones restrictivas a las escisiones totales de empresas que no están previstas en la Directiva sobre fusiones: tras la escisión completa de una empresa, los accionistas de la empresa escindida deben mantener la misma proporción de acciones que anteriormente tenían en la sociedad escindida en cada una de las empresas que hayan recibido los activos de la sociedad escindida. Si no se cumple esta condición, la normativa española exige que los activos y pasivos transferidos sean ramas de actividad y, en consecuencia, no se benefician del régimen fiscal.
Estas condiciones no las contempla el Derecho de la UE y, por lo tanto, constituyen una violación de la Directiva sobre fusiones.
Una aplicación incorrecta de la Directiva sobre fusiones por parte de un Estado miembro introduce una distorsión que perturba el mercado interior y contribuye a la inseguridad jurídica de las empresas.
Emplazamiento
La Comisión envió a España una carta de emplazamiento el 25 de enero de 2019 y, posteriormente, un dictamen motivado el 28 de noviembre de 2019. En sus respuestas oficiales y en diálogos posteriores celebrados con las autoridades nacionales, España ha mantenido que su legislación fiscal se ajusta a la Directiva sobre fusiones. La Comisión considera que, hasta la fecha, los esfuerzos de las autoridades españolas han sido insuficientes y, en consecuencia, lleva a España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.