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«La IA, con el control final humano, conllevará a una mejor Justicia, más reflexionada y contextual»»

Entrevista a Eloy Velasco Núñez (Magistrado de la Audiencia Nacional, Sala de Apelación)

«La IA, con el control final humano, conllevará a una mejor Justicia, más reflexionada y contextual»»

  • 18-5-2023 | LA LEY
  • Agustín-Jesús Pérez-Cruz, Catedrático de Derecho Procesal de la Universidad de Oviedo, entrevista a Eloy Velasco Núñez, Magistrado de la Audiencia Nacional. Ambos conversan, entre otras cosas, sobre las reformas necesarias del proceso penal, la digitalización de la justicia o la incorporación de la perspectiva de género a los pronunciamientos judiciales.
Portada

Por Agustín-Jesús Pérez-Cruz.- Eloy Velasco Núñez, Grado (Licenciado) en Derecho por la Universidad de Deusto (Bilbao), Diplomado en la especialidad jurídico-económica en la misma Universidad, Juez desde el año 1988, ocupando su primer destino judicial en el Juzgado de Distrito de Portugalete (Vizcaya), posteriormente, en los Juzgados de Instrucción de Sagunto, Torrente, Valencia y Madrid, pasando, posteriormente a ocupar, desde hace 10 años, destino judicial en el Juzgado Central de Instrucción no 6 y, actualmente, Magistrado adscrito a la Sala de Apelación de dicho órgano jurisdiccional. Y esta longevidad cronológica en el ejercicio de su profesión principal ha sido debida, no a su edad actual, sino a la juventud con la que accedió a la Carrera Judicial.

Eloy Velasco Núñez ha ocupado otros puestos: Punto de contacto de la Red Judicial penal Europea, Corresponsal Nacional de Eurojust para asuntos de corrupción, miembro de la Red judicial Española, ha participado en diversos proyectos internacionales sobre cooperación judicial internacional, foros formativos…

Entre sus distinciones cabe señalar las siguientes: Premio al «mejor jurista para el Derecho Digital» en 2014 por ENATIC (Agrupación de Abogados dedicados a las nuevas tecnologías), Medalla de oro en ciberseguridad al mejor Juez por la cátedra UDIMA y la Asociación Nacional de Tasadores y peritos informáticos judiciales de 2014, Premio Accors 2018 «contra la Corrupción y por la regeneración Social» otorgado por Madrid Foro Empresarial.

Su interés por la investigación le llevó, hace años, a realizar los estudios de doctorado que culminaría con la lectura de su Tesis Doctoral, en la Universidade da Coruña, titulada «Delincuencia a través de Internet y nuevas tecnologías: aspectos procesales», codirigida por Agustín-J. Pérez-Cruz Martín, Catedrático de Universidad de Derecho Procesal de la Universidad de Oviedo y Xulio-Xoxé Ferreiro Baamonde, Profesor titular de Universidad de Derecho Procesal de la Universidade da Coruña, obteniendo la máxima calificación de Sobresaliente cum laude por unanimidad y Premio extraordinario de Doctorado.

Autor de un importante número de relevantes publicaciones (monografías y artículos en revistas científicas), entre las que cabe destacar la más reciente, su participación en la obra colectiva, de la que también es director, «Marco normativo de la UE para la transformación digital».

AGUSTÍN PÉREZ CRUZ: Su dilatada trayectoria profesional en la Carrera Judicial le ha permitido conocer la Administración de Justicia a distintos niveles. ¿Qué opinión le merece que los Jueces y Juezas, integrantes de la Carrera Judicial deban desempeñar su función jurisdiccional en distintas instancias judiciales y qué experiencia acumulan, precisamente, en el desempeño de su actividad profesional?

ELOY VELASCO: Una opinión muy positiva, porque conocer las fases de investigación, juicio oral, e incluso la de revisión de sentencias de la instancia, aportan perspectivas de interpretación de las leyes que ayudan a entender las grandes diferencias que, en la práctica, se dan en cada una de ellas, y eso me parece muy positivo. Por ello, también considero que ha sido muy eficaz que Órganos enjuiciadores de materia penal en primera instancia (Audiencia Provincial, por ejemplo) tengan asignadas a la vez competencias revisoras, vía recurso, de instancias inferiores.

A.P.C.: Un eterno debate entre los juristas, singularmente, entre los procesalistas, que, sin duda, está dilatando la aprobación de una nueva LECrim., es el relativo al sujeto procesal que debe dirigir la fase de instrucción. Teniendo en consideración su dilatada trayectoria en la instrucción penal, qué opinión tiene al respecto.

E.V.: Quien dirija la instrucción debe ser un Órgano independiente, y hoy por hoy, sólo lo es, con la ley en la mano, el Juez de Instrucción. Figura que día a día sigue demostrando su profesionalidad y compromiso con la neutralidad precisa para investigar delitos, especialmente los que someten a proceso penal a los sospechosos más poderosos. Entonces, contesto con una pregunta, ¿Por qué esa intención de obligarnos a pensar que hay que cambiar algo que funciona? Y respondo, porque hay instituciones y personas poderosas, muchas desde la Política, a las que interesaría que quien dirigiera la instrucción no fuera neutral e independiente, sino un mero subordinado sometido a sus deseos.

A.P.C.: Otras dos figuras procesales que cobran un destacado papel en el desenvolvimiento del proceso penal son: la Policía Judicial y la acusación popular. ¿Le parece oportuno que la dependencia funcional y orgánica de la Policía Judicial pase exclusivamente a manos de Jueces y Fiscales? ¿Cree que, como se defiende por destacados juristas, debe limitarse, en línea con lo que planteaba las últimas frustrados textos procesales penales, el ejercicio de la acción popular?

E.V.: La dependencia funcional de la Policía Judicial al Juez investigador iría de suyo, lo indica claramente así el apellido de la expresión, y sería el inicio de una verdadera instrucción de delitos profesional y apolítica. Pero los políticos no quieren perder su oportunidad de controlar también ese Órgano, en favor de otro más neutral y sometido únicamente al imperio de la ley.

Respecto de la acción popular, tan necesaria para crear competencia y tensión frente al monopolio acusatorio de un cuerpo profesional en cuya cúspide final aparece un cargo nombrado por el Poder Político, mi opinión es que si se controla legalmente su uso desviado e instrumental por algunos colectivos, en lo demás, es más necesario que nunca para traer una verdadera participación de grupos sociales a la jurisdicción penal.

A.P.C.: El enjuiciamiento de género en un tema puesto a debate y que, afortunadamente, se va abriendo camino en el modus operandi de la judicatura. ¿Qué opinión le merece la incorporación de la perspectiva de género en el enjuiciamiento penal?

E.V.: Una necesidad social de nuestros tiempos que afortunadamente va abriéndose paso y que debe concluir con la igualdad real.

A.P.C.: La reciente aplicación de la reforma del Código Penal por la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual ha dado lugar a un importante número de rebaja de penas, por distintos Tribunales, incluido el Tribunal Supremo, lo que ha generado un importante debate social y político al respecto. ¿Qué consideraciones podrían hacer al respecto de las mencionadas rebajas de penas a condenados por delitos contra la libertad e indemnidad sexual?

E.V.: Los Jueces debemos someternos a la legalidad y la legalidad viene ordenada en el Art. 2.2 del Código Penal (LA LEY 3996/1995), que es el que, en esta, como en anteriores reformas, hemos aplicado siempre, como es nuestro deber. Que haya políticos que hayan querido confundir echando la culpa de las consecuencias de su exclusiva obra a los Jueces, desgraciadamente, es reflejo de esa manera de hacer política. No podemos sino denunciarlo públicamente —como cada vez que se pretende deslegitimar las instituciones—, aunque desgraciadamente, con menor eco y difusión que la que tienen sus palabras y acciones desde el Poder.

A.P.C.: La prueba prohibida es una pieza angular del sistema procesal, y singularmente tiene especial incidencia en el proceso penal. Pese a las previsiones del artículo 11 de la LOPJ, el Tribunal Constitucional y Tribunal Supremo han venido sentando una doctrina muy restrictiva de la extensión de efectos de la prueba prohibida, hasta el punto de que se ha llegado a afirmar que «la prueba prohibida ha muerto» (Asencio Mellado). ¿Qué opinión le merece esta mencionada línea restrictiva de los efectos de la prueba prohibida y, singularmente, en relación a la prueba aportada por particulares?

E.V.: Coincido bastante con lo que en el fondo quiere decir José María Asencio Mellado. El elevado casuismo y el vaivén jurisprudencial operado ante un precepto tan abierto ha llevado a interpretaciones que limitan el avance en el respeto de derechos fundamentales tan básicos como los garantizados en el Art. 18 de la Constitución (LA LEY 2500/1978).

Especialmente no puedo compartir —pienso en el caso Falciani y otras sentencias del TS y TC posteriores— que cuando quien vulnera derechos fundamentales es un particular, las consecuencias probatorias difieran de cuando lo hacemos los poderes públicos. Eso no es lo que quiere y dice el Art. 9.1 de la Constitución (LA LEY 2500/1978), y menos en el contexto actual en que cualquier ciudadano particular puede técnicamente espiar ilegalmente a cualquier tercero con tecnologías baratas, muy dañinas e invasivas de la privacidad al alcance de cualquiera.

A.P.C.: Sanidad, Educación y Justicia son —sin lugar a dudas— tres pilares esenciales de la democracia, sin los que no podría aspirarse —ni mínimamente— a gozar del actual estado de bienestar que cotidianamente disfrutamos. A pesar de la «deformación profesional», como Jueces «en pie de guerra» por la defensa de la Justicia: ¿Mantendría esta «ordenación» clásica en la que la Justicia —hermana pobre del conjunto de Administraciones— siempre ocupa el último lugar —con aprobación de Leyes low cost o peor aún, zero cost— o crees que debiéramos «dar la batalla» para invertir el orden?

E.V.: Cuando Jean Bodin justificó la existencia del Estado, de lo público, por la necesidad de enfrentar inversiones que jamás acometería motu propio la iniciativa privada, estaba pensando en necesidades tan costosas e imprescindibles como la Justicia.

Después, con honrosas excepciones, políticos populistas han gastado mayoritariamente el presupuesto público en aquello que sostiene su existencia personal y les procura mayor rédito electoral y ahí no han encontrado a la Justicia, que, por ello, salvo la actuación aislada de honrados estadistas, desgraciadamente seguirá muy por debajo en inversión a la que necesita un verdadero Estado Social y Democrático de Derecho —España no alcanza en esto la inversión media europea ni el número de Jueces por habitante con el que cuenta la mayor parte de sus componentes—.

A.P.C.: A Vd. le concedieron, en el año 2014, el Premio al «mejor jurista para el Derecho Digital» por la Agrupación de Abogados dedicados a las nuevas tecnologías, además, en estos momentos, está coordinando, con la Ley, un ciclo de webminars sobre la regulación digital europea. ¿Cómo se encuentra el marco normativo europeo en esta materia?, ¿Europa está dando respuesta a los retos que plantea la digitalización de la Justicia?

E.V.: Afortunadamente sí, como prueba el hecho de que desde Bruselas se haya regulado en estos dos años últimos la ciberseguridad, la ciberdelincuencia, la protección de datos, los medios de pago digitales, los servicios y el mercado digital, la identidad digital, la inteligencia artificial…

A diferencia de otros grandes bloques tecnológicos (China; EEUU…) centrados únicamente en la industria, la Unión europea quiere que su avance tecnológico vaya de la mano con el jurídico y que nuestros derechos fundamentales y la centralidad humana no se restrinjan por un mal entendido y falso progresismo técnico.

A.P.C.: El pasado día 10 de abril de 2023, la Eurocámara aprobó imponer restricciones a ChatGPT y otros sistemas de IA, en esta misma línea los pasados días 4 y 5 de mayo de 2023, en Oviedo, se celebró, el III Congreso Internacional de Derecho Procesal, donde Vd. tuvo la ocasión de participar, como Ponente, con una intervención centrada en el uso de las Herramientas de IA en el proceso penal. ¿Qué opinión le merece el manejo de las mencionadas Herramientas de IA, nos encaminados hacia el Juez/Robot y la sustitución de la tutela judicial por la tutela artificial?

E.V.: Creo que los nuevos inventos no vienen a sustituir, sino a mejorar y progresar las necesidades humanas. Cuando se analizan desde el Presente que vivimos siempre suelen surgir exégesis prohibicionistas y catastrofistas que nos quieren anclados en el Pasado. La IA cambiará prácticas reiterativas y mecánicas que son fáciles de sustituir por la ayuda de sus sistemas y aplicaciones y sobre todo en materia judicial, procurarán apoyo de gestión documental e incluso más asistencial, que, manteniendo el sustrato de lo que es juzgar y con el control final humano, conllevarán a una mejor Justicia, más reflexionada y contextual, gracias a la ayuda que aportarán las técnicas asistenciales entrenadas y los análisis matemáticos de numerosísimas variables y datos a tener en cuenta al enjuiciar.

A.P.C.: El mundo se ha digitalizado: La vida cotidiana —sobre todo, la de los más jóvenes— discurre en un entorno —esencialmente— digital: ¿Crees que la digitalización de la Justicia y la implementación —en su ámbito— de técnicas de Inteligencia Artificial lograrán mejorar, con todas sus potencialidades, los razonamientos de la Inteligencia Humana? ¿Qué opinas del denominado «Juez Robot»?

E.V.: No tengo la más mínima duda.

Me he posicionado en favor del Juez-robot (como ya ocurre en Estonia, Canadá, China, EEUU, Reino Unido…) porque en tareas repetitivas, de escasa dificultad técnica y mínima aplicación normativa —clausulas suelo, tarjetas revolving, reclamaciones por incumplimientos en servicios aéreos, divorcios de mutuo acuerdo, conformidades, juicios rápidos, extranjería, asilo, tráfico, monitorios, allanamientos, desahucios, action class…..), y sobre cuestiones de mínima cuantía, es lo que ya deberíamos estar aplicando para evitar el secular atraso al resolver los problemas de los justiciables y así conseguir que los Jueces dediquen su tiempo a las cuestiones más novedosas y difíciles.

A.P.C.: La Justicia en España adolece de una gran debilidad: la falta de recursos. Sin embargo, atesora muchas fortalezas; acaso la mayor: un prestigioso cuerpo de Jueces y Magistrados —coadyuvados por los Fiscales— en primera línea de ruedo que —con toda su profesionalidad (iura novit curia: conocimiento del Derecho), independencia, responsabilidad, inamovilidad y sumisión al Derecho— no se amedrantan ante nada ni ante nadie. Algo tendrá que ver en esto el —a veces, criticado— sistema español de selección: ¿Qué opinas de las oposiciones a Jueces/Fiscales?

E.V.: Que no es tan memorístico como se le acusa, está muy bien entrenado en su fase práctica, lo conforma una amplia mayoría femenina (el 53 % de los Jueces son Juezas), lo complementan estupendos profesionales que vienen de otros sectores jurídicos —Fiscales, Catedráticos, Juristas de prestigio— y está más formado que nunca, de manera que los Jueces que salen de la Escuela Judicial de Barcelona saben más Derecho que sus antecesores como atestiguan los múltiples Foros Jurídicos internacionales en los que participamos con gran protagonismo.

A.P.C.: Y entre todos los atributos constitucionales de los Jueces y Magistrados, destaco uno para ensalzar ahora la —probablemente— mayor cualidad de la profesión: la independencia, la libertad, la autonomía. Conscientes —como lo somos— de que esta es una de las más relevantes «claves del éxito» de la Justicia: ¿Crees que debe dotarse al cuerpo de Fiscales —quiénes, al fin y a la postre, atesoran muy relevantes poderes en terreno procesal (y con el tiempo, podrían llegar a asumir la instrucción)— de similar o idéntico estatuto jurídico?

E.V.: Por supuesto, conozco y trabajo con muchos y muy profesionales a quienes, efectivamente les mueve más la promoción de la acción de la Justicia en defensa de la legalidad, derechos de los ciudadanos y del interés público tutelado por la ley, que la de la opción política que gobierna. No obstante si se reforzara esa función y se desvinculara del Poder Ejecutivo en su Estatuto Orgánico, mejor.

A.P.C.: Durante un tiempo formó parte de uno de los Tribunales encargado de evaluar los ejercicios de los aspirantes a la Carrera Judicial. El debate está abierto en torno a la modificación del sistema de acceso a la Carrera Judicial. ¿Cree que el sistema actual debe mantenerse o actualizarse?

E.V.: Debe mantenerse.

Como he señalado más arriba para el Juez de Instrucción, abogo también en esta materia por conservar lo que bien funciona y ha funcionado. No comparto esa pretensión ideologizada de adoctrinar Jueces que tienen quienes pretenden modificar el sistema de selección, aboliendo la oposición, simplemente, para «colocar a los suyos». Abogo más por el esfuerzo personal, es el más selectivo, democrático y el que mejores oportunidades presenta. La prueba es que como dicen las estadísticas, el 63 % de los Jueces en España no tiene ningún pariente que ejerza la profesión jurídica, y sólo un 1´6 % ha contado con el apoyo económico de su familia para poder opositar y el 4´8 % con una beca para hacerlo.

A.P.C.: En el año 2012 decidió volver a la Universidad, concretamente a la Universidade da Coruña, para llevar a cabo los estudios de doctorado que culminó, con éxito, con la lectura de su Tesis doctoral, titulada «Delitos cometidos a través de Internet: cuestiones procesales», mereciendo la máxima calificación de sobresaliente cum laude por unanimidad y premio extraordinario de Doctorado. ¿Le merecido la pena el esfuerzo que tuvo que llevar a cabo para la culminación de su Tesis Doctoral?

E.V.: Por supuesto, este tipo de complementos formativos académicos y otros como másteres, artículos doctrinales o participación en proyectos y congresos jurídicos internacionales, son los que deberían potenciarse y tenerse en cuenta a la hora de adjudicar puestos orgánicos en la carrera judicial, pero, como digo, el afán de ciertos políticos por controlar su designación para otros fines, no lo ha hecho posible, pese a que cada día más, los Jueces se esfuerzan en hacer tesis doctorales y estar al día.

A.P.C.: ¿Cómo ve la Sala de Apelación de la Audiencia Nacional a la que se encuentra adscrito desde hace ya bastantes años?

E.V.: Como un complemento al trabajo del resto de instancias y Jueces en este trabajo en cadena que también es la Justicia. Soy un firme convencido en que el error y la equivocación en las resoluciones judiciales se reduce si las decisiones judiciales se pueden revisar por diferentes y nuevos Jueces más experimentados. Eso trata de ser la apelación, algo absolutamente garantista y necesario.

Eloy Velasco coordina el ciclo de encuentros «La revolución regulatoria digital europea 2022-2023»

2023 es el año de la nueva regulación europea que marcará un antes y un después en la transformación digital de la sociedad (infraestructuras, servicios, mercado, medios de pago, identidad digital, inteligencia artificial...).

Por esta razón, en LA LEY estamos realizando un ciclo de webinars con profesionales experimentados y con la coordinación del magistrado Eloy Velasco Núñez. Hasta el momento hemos celebrado ocho webminars.

El próximo tendrá lugar el 8 de junio bajo el título «Los nuevos medios de pago y las finanzas digitales» y será impartido por el propio Eloy Velasco. Más información e inscripciones en este enlace.

A continuación el enlace a la grabación íntegra de los ya celebrados:

«Marco general del derecho europeo», por José de Mata, magistrado-juez y representante en España ante Eurojust.

«Panorama normativo europeo en materia de Ciberseguridad», por Cristina Muñoz-Aycuens, Directora General de Forensic de Grant Thornton.

«Tipología de servicios digitales, obligaciones y derechos y medidas restrictivas», por Ofelia Tejerina, abogada, profesora y presidenta de la Asociación de Internautas.

«El nuevo marco europeo de la ciberdelincuencia», por Elvira Tejada, fiscal coordinadora de ciberdelincuencia de la Audiencia Nacional.

«La Declaración Europea de Principios y Derechos Digitales», por José Luis Piñar Mañas, catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad CEU-San Pablo de Madrid, ex director de la Agencia Española de Protección de Datos y codirector de la revista Derecho Digital e Innovación.

«Confianza y seguridad en la contratación y la prestación de servicios online, identidad digital y Reglamento eIDAS», por Joaquín Delgado, Magistrado de la Audiencia Nacional.

«La prueba electrónica», por Ana María Martín Martín de la Escalera, fiscal adscrita a la Secretaria Técnica de la FGE.

«La propuesta de Reglamento europeo de inteligencia artificial», por Julián García Marcos, Magistrado de la Audiencia Provincial de Gipuzkoa.

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