I. Validez del testamento
El Probate Registry, tribunal que advera los testamentos, dará el testamento español por válido, siempre y cuando éste cumpla con los requisitos de forma en España (país de otorgamiento). No obstante, el tribunal requerirá que a la solicitud del auto de adveración se acompañe, entre otros documentos, de una copia autorizada del testamento y su traducción al inglés, así como un certificado de ley española confirmando la validez de éste.
II. Falta de legitimación para actuar en nombre de la herencia
En Inglaterra y Gales, el executor nombrado en un testamento, puede actuar en nombre de la herencia desde el momento que fallece el testador, sin perjuicio de que un auto de adveración del testamento sea necesario para administrar ciertos activos como fondos de inversión, venta de inmuebles, etc. Este aspecto es sumamente importante, en tanto que, si la herencia tuviese que emprender alguna acción legal, de no existir un executor nombrado en el testamento, será necesario esperar hasta que el tribunal emita un auto de administración, designando uno o varios administradores o representantes de la herencia, ya que hasta que no se designe a un administrador judicial (ante la falta de un executor) nadie estará legitimado para actuar en nombre de la herencia.
Generalmente, en un testamento español no se nombran albaceas testamentarios
Generalmente, en un testamento español no se nombran albaceas testamentarios, únicamente herederos, legatarios o beneficiarios de la herencia, por lo que hasta que no se emita un auto de administración por el Probate Registry, los beneficiarios, no están legitimados para actuar en nombre de la herencia.
¿Quién puede pedir el auto de adveración cuando no hay un executor?
Las Non Contentious Probate Rules (Ley de Sucesiones no litigiosas/contenciosas) establecen el orden de prioridad de quién o quiénes pueden solicitar el auto al tribunal. La ley establece diferentes supuestos dependiendo del domicile del causante (véase el artículo "La sucesión en Inglaterra y Gales"). El artículo 20, establece el orden de prioridad cuando el causante fallece con un domicile británico, mientras que el artículo 30, incluye aquellos supuestos cuando el causante fallece con un domicile fuera de Inglaterra y Gales.
Si el causante tuviese un domicile británico, el orden será el siguiente; primero el executor, a falta de éste, el legatario del remanente de la herencia, seguido del representante de la herencia (executor o administrador) del legatario residual previamente fallecido. Mientras que, si el causante fallece con un domicile fuera de Inglaterra y Gales, hay varias posibilidades; primero será aquella persona a la que se le hubiese concedido la administración de la herencia en la jurisdicción donde el causante tuviese su domicile al fallecer, en ausencia de un administrador, el beneficiario de la herencia bajo la ley del domicile del causante (en el caso español serían los beneficiarios nombrados en el testamento o los llamados a la sucesión intestada del causante).
En el caso que un testamento otorgado en España estuviese redactado además de en español, en inglés, se hubiese nombrado a un executor como tal en inglés detallando sus funciones, el Probate Registry lo podría considerar como un executor inglés. Esto sería de utilidad en caso de que se hubiese otorgado un testamento en España en doble columna y se designase un «albacea» bajo la ley inglesa y en la traducción figurase como executor indicando las facultades de éste. Es importante mencionar que, aunque es posible que el tribunal inglés acepte este nombramiento como el de un executor, la persona nombrada como executor en el testamento español reciba asesoramiento legal inglés antes de iniciar cualquier tipo de gestión en nombre de la herencia en Inglaterra. Bajo el derecho inglés, existe una figura legal denominada «intermeddling» que se podría traducir como entrometimiento, que consiste en que una persona que actúa o se comporta como un representante de la herencia (sin serlo) puede entenderse que actúa como tal, y por tanto adquiere sus responsabilidades.
¿Qué ocurre si hay un testamento español y hay varios beneficiarios?
Asumiendo que el causante tiene un domicile fuera de Inglaterra, en este caso todos los beneficiarios tienen el mismo orden de prioridad para solicitar el auto (incluso si no son herederos en partes iguales). La práctica habitual entre abogados ingleses es que quien primero lo solicite al tribunal, administrará la herencia, esta situación no plantea mayor problema si un abogado actúa para uno o algunos de los beneficiarios y no todos. En caso contrario, será necesario informar a los clientes para que tomen una decisión. En mi opinión, lo mejor es enviar una carta a los clientes explicando detalladamente las implicaciones de que uno o varios de ellos sean nombrados administradores de la herencia, no solo los poderes que tendrán sobre la misma, sino también incidiendo en sus responsabilidades como tales. En el supuesto que hubiese cuatro beneficiarios en total, los cuatro podrán solicitar el auto de administración, no obstante, esta opción plantea bastante riesgo ya que pueden darse situaciones en las cuales los beneficiarios tuviesen intereses contrapuestos y se genere una situación de conflicto de interés, teniendo el abogado que dejar de actuar, por lo que en ese caso, la mejor practica sería nombrar entre uno y dos administradores y que éstos faciliten información periódica a los beneficiarios, así como pidan su opinión, acerca de la venta de inmuebles, entre otros para que no haya desavenencias, una vez se presenten las cuentas de la herencia, fase en la que culmina el proceso de administración.
III. Posibles soluciones al problema
1. Otorgamiento de testamento inglés únicamente para los bienes ingleses
Mientras esta opción por un lado sería la más práctica, ya que el testamento inglés únicamente se aplicaría a los bienes ingleses, puede plantear una serie de problemas (amen de las posibles revocaciones entre testamentos, si no hay coordinación entre los mismos para las diferentes jurisdicciones). Uno de ellos, es la validez del testamento. Para aquellos que no estén familiarizados con los testamentos ingleses, estos son redactados por el solicitor o profesional encomendando, lo firman el testador y dos testigos, por lo que no estamos ante un testamento ológrafo ni notarial. Porqué puede ser un problema, el Probate inglés, puede pedir un certificado de ley confirmando si el testamento es válido en cuanto a la forma de acuerdo con el domicile del testador. Aquí nos tendríamos que remitir a la Wills Act o Ley de Testamentos en la que de manera muy esquemática se dispone que, los requisitos de forma de un testamento para que un testamento sea válido en Inglaterra pueden ser los del país del domicile del testador, los del país donde el testado fuese nacional o también, si el testamento fuese de aplicación para bienes inmuebles en Inglaterra. Es decir, si un nacional español con un domicile español otorga un testamento inglés en España para sus bienes muebles únicamente, ese testamento no es válido en Inglaterra (ya que no cumple con los requisitos de forma españoles), distinto sería que el testamento se otorgue en Inglaterra, ya que de acuerdo con el derecho español el testamento se habría otorgado conforme a las solemnidades y formas del lugar de otrogamiento. Por otro lado, si un nacional español con un domicile español otorga un testamento inglés en España para sus bienes inmuebles en Inglaterra, éste sí sería valido ya que sería de aplicación para sus inmuebles ingleses.
2. Otorgamiento de un testamento en forma española con una cláusula específica para los bienes ingleses
Aunque esta forma de proceder no es sinónimo de garantía, podría dar buenos resultados. En este supuesto, sugeriría una cláusula separada para los bienes ingleses, en la que se nombre a un executor o albacea testamentario inglés, incluyendo las facultades de éste (entre otros, actos de disposición, pago de deudas, entrega de legados, presentación cuentas de la herencia, etc.) así como a los beneficiarios de los bienes en Inglaterra y Gales. Siempre quedará la duda de si el executor nombrado en un testamento notarial español es un executor reconocido en Inglaterra, no obstante, es bastante probable que se considere como tal.
IV. Conclusión
Como sucede con cualquier sucesión internacional, cada caso es único, y no hay una regla general, lo que sí es importante contar con el asesoramiento de profesionales en ambas jurisdicciones para buscar una solución que se ajuste en mayor medida a las necesidades del testador. No obstante, en aquellos casos en los que no es posible planificar, aquellos profesionales que se encuentren gestionando una herencia con activos, tanto en España como en la jurisdicción inglesa, y el causante hubiese otorgado un único testamento español en el que únicamente se nombran beneficiarios, será oportuno que los beneficiarios consideren quién o quiénes estarían dispuestos a ser los administradores de la herencia. Es importante recalcar la relevancia de su papel en una herencia inglesa, no solo por los poderes que tienen, si no por las responsabilidades que adquieren, por ello es altamente recomendable que la persona que vaya a actuar como administrador, sea una persona responsable, apta y cualificada para administrar una herencia. En los casos en los que el profesional no actúe para la totalidad de los beneficiarios, el supuesto de un testamento español ha de tener en cuenta que los otros beneficiarios, pueden solicitar el auto de administración por lo que se ha de actuar rápido.