I.
Introducción
Una de las principales consecuencias de la crisis mundial provocada por el estallido del coronavirus SARS-CoV-2 ha sido la de refortalecer el concepto de Estado-nación y, con él, el de los poderes públicos estatales; siempre esenciales por su impacto en asuntos cruciales para el día a día de la ciudadanía: impuestos, servicios públicos, subvenciones… Sin embargo, tras este primer refuerzo, urge considerar y preguntarse si la Administración Pública y, de forma sucesiva a ella, la jurisdicción contencioso-administrativa, se encuentran preparadas para enfrentar un escenario de incertidumbre y volatilidad circunstancial como el impuesto por el Covid-19.
El Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo (LA LEY 3343/2020) —norma raíz para toda la legislación excepcional posterior— ordenó medidas de enorme trascendencia administrativa; muestra de ello su disposición adicional tercera provocando la suspensión e interrupción de los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público. Igualmente, y de forma más reciente, el Real Decreto-ley 16/2020, de 28 de abril (LA LEY 5843/2020), de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia, dispone la tramitación preferente de los recursos que se interpongan contra los actos y resoluciones de las Administraciones Públicas por los que se deniegue la aplicación de ayudas y medidas previstas legalmente para paliar los efectos económicos de la crisis sanitaria producida por el COVID-19. Ahora bien, ¿qué futuro le espera a la vía administrativa y al orden jurisdiccional contencioso-administrativo? Es difícil saberlo.
Por un lado, hemos de hacer notar que ante la crisis económica que comienza a hacerse tangible existirá un incremento notable de la actividad pública en distintos ámbitos (contratación, prestaciones, ayudas…) pero, además, junto a este aumento post-Covid-19 cabe pensar que la jurisdicción contencioso-administrativa deberá resolver las muy variadas impugnaciones que en distintos sectores de la siempre amplia jurisdicción puedan plantearse: régimen sancionador, responsabilidad patrimonial…
En un escenario incierto una certeza se obtiene de forma indubitada: la Administración Pública y la jurisdicción contencioso-administrativa tendrán una misión fundamental: devolver la certidumbre a un contexto —el del Sector Público— consustancial a la propia noción de ciudadanía.
II.
¿Qué notas definirán la Administración Pública posterior al coronavirus en los próximos meses?
1.
José Ramón Chaves García (Magistrado especialista de lo contencioso-administrativo)
«La Administración pública tendrá que abandonar la tendencia liberal de alzarse en mera garantía del funcionamiento normal de instituciones, sociedad y mercado, para reverdecer la trilogía clásica de intervención pública, para combatir la anunciada recesión económica.
Se potenciará la actividad de fomento o estímulo para ayudar a particulares y empresas a conseguir una sociedad con ilusión y economías que garanticen la subsistencia con dignidad (subvenciones, salarios sociales, exenciones tributarias,etcétera).
Se potenciarán los servicios públicos para suplir la incapacidad del mercado de prestarlos y para conseguir que lleguen aquellos a los más desfavorecidos ( desempleados, extranjeros, etcétera).
Se potenciará la actividad de policía ya que el control de actividades y sanciones serán herramientas para evitar abusos, fraudes y expolios que brotan en períodos de crisis económica (pícaros, corruptos, parásitos y buitres).
En primera línea, la administración local está llamada a hacer frente al aluvión de ciudadanos clamando a sus puertas.
En cuanto a la fisonomía de la Administración pública, se impone la efectiva implantación de la administración digital, la plenitud de relaciones electrónicas con los ciudadanos y la extensión del teletrabajo de los empleados públicos. Retos inaplazables.»
2.
Marcos Peña Molina (Abogado. Letrado jefe de la Administración Local en excedencia)
«No es fácil definir cuáles serán las coordenadas que delimitarán conceptualmente a la Administración postpandemia. Lo que sí estimo posible es identificar los retos a los que se enfrentará en un paso inmediato. El que considero más acuciante, será el tener que implementar medidas reales organizativas donde el trabajo a distancia sea una verdadera realidad. La pandemia nos ha traído, de golpe, una necesidad inaplazable: la implementación tecnológica como acompañante habitual del empleado público. Una necesidad que ya estaba identificada pero que no era capaz de romper con el principio de inercia que tanto daño hace a las organizaciones púbicas.
Lo que ha venido a llamarse el «teletrabajo», que solo es una forma de prestación del servicio que incide en una de las condiciones laborales —el lugar del trabajo—, ha puesto encima de la mesa un problema de fondo que nadie quería ver en las organizaciones públicas. Éste era el de depositar la suficiente confianza en la responsabilidad personal del trabajador, pues en este campo el prejuicio de incredulidad gozaba de mayor peso bajo el interrogante: ¿no sé qué estará haciendo en su casa?
Es cierto, también, que esta forma de trabajo subrayará la responsabilidad y el deber personal del trabajador. Imperativos categóricos a los que no se está muy acostumbrado, particularmente en una organización donde los empleados cuentan más como dividuos que como individuos. Confianza y responsabilidad deberán ir de la mano.»
3.
María Avilés Navarro (Letrada de la Administración de Justicia)
«Me gustaría apostar por una Administración pública capaz de reaccionar y adaptarse a las necesidades que la nueva realidad, tras el COVID 19, demanda: una Administración más simple y operativa.
Es imprescindible que la Administración se esfuerce en los siguientes aspectos, que no nos resultan desconocidos pero que son más necesarios que nunca: coordinación, agilidad, eficacia y eficiencia, proximidad, modernización tecnológica y transparencia.
Tras una evaluación de la situación post COVID_19) deberán adoptarse medidas organizativas y optimizar los recursos existentes.
Una auténtica digitalización del sector público posibilitará una gestión eficaz.»
4.
Antonio Benítez Ostos (Abogado)
«Tras la crisis transversal derivada de la pandemia ocasionada por la propagación del Covid-19, nos encontraremos ante una Administración Pública ralentizada, que necesita ahora más que nunca adaptarse tecnológicamente a las nuevas necesidades sociales.
Infinidad de procedimientos administrativos han quedado paralizados en su tramitación, lo que requiere de la implantación de medidas que palien dicha situación en favor de una Administración ágil y eficaz.
De un lado, resulta palmaria la necesidad imperiosa de implantar la administración electrónica de forma real y efectiva, a todos los niveles y en todas las Administraciones y Organismos Públicos, de modo que sea una realidad mucho más intensa que la que hemos conocido hasta el momento.
La cita previa electrónica para cualquier tipo de gestión administrativa, el empleo de videollamadas, el uso de medios telemáticos para el traslado de expedientes administrativos y resolución de procedimientos, el teletrabajo, entre otros, son mecanismos que, a partir de ahora, deberían de funcionar a la perfección y formar parte de la relación habitual entre Administración y Administrado.
Todo ello, con la correspondiente dotación efectiva de medios —materiales y humanos— y con la debida formación técnica del personal al servicio de las Administraciones Públicas.»
5.
José Ignacio Vega Labella (Abogado. Abogado del Estado en excedencia)
«Es evidente que la emergencia sanitaria que venimos padeciendo va a suponer un cambio importantísimo en el modelo de Administración que conocemos.
En los últimos tiempos la apuesta por la Administración electrónica era clara, especialmente tras la entrada en vigor de las leyes 39 (LA LEY 15010/2015) y 40/2015 (LA LEY 15011/2015), pero sin duda la pandemia va a acelerar el proceso, impulsando internamente modelos de teletrabajo del empleado público, lo que podría redundar en un adelgazamiento de las estructuras administrativas y, en definitiva, en una revisión del paradigma de organización pública tradicional. En su dimensión externa (relación con el ciudadano), la tramitación verdaderamente electrónica de los procedimientos debería imponerse definitivamente.
Por otra parte, si algo ha evidenciado la pandemia es la necesidad de reforzamiento de las competencias estatales frente a la dispersión autonómica que conocemos. La centralización de determinadas competencias, especialmente las relacionadas con la gestión sanitaria y asistencial, parece ineludible, y en muchos casos contará con la anuencia de la mayor parte de las comunidades autónomas.»
6.
Francisco García Gómez de Mercado (Abogado. Abogado del Estado en excedencia)
«Creo que las notas que deben definir a la Administración siguen siendo las mismas, básicamente la defensa de los intereses públicos con objetividad y eficacia a través de sus potestades de control, de fomento y de prestación, directa o indirecta, de servicios. ¿En qué cambia la situación con la Covid19? Entiendo que la crisis que se está produciendo exigirá de la Administración una potenciación de las prestaciones asistenciales, ante las dificultades económicas de un amplio sector de la población, y, al tiempo, el fomento de la inversión y la actividad económica.»
7.
Jesús M.ª Royo Crespo (Presidente de ALEL y Letrado-Asesor de la Diputación Provincial de Zaragoza) y Ana M.ª Barrachina Andrés (Secretaria de ALEL y Letrada-Asesora del Ayuntamiento de Alicante)
«Podrían ser varias las características que deberían definir el nuevo camino que deber recorrer la Administración Pública, pero de todas ellas destaco la capacidad de anticipación y reacción. Es fundamental que la AP consiga implementar procesos y procedimientos ágiles, toma de decisiones que no se dilaten en el tiempo y eliminar los incómodos silencios administrativos con los que nuestras corporaciones siguen brindando a los ciudadanos.
Lo anterior se mueve en el plano de los deseos. Pero desgraciadamente, estos van a colisionar profundamente con las posibilidades de hacerlos realidad. Tras la crisis sanitaria va a llegar la crisis económica, y las AAPP van a intentar desplegar toda una batería de medidas para paliar los daños padecidos por los ciudadanos. Pero el dinero es un recurso limitado, y de donde no hay no se puede sacar, a menos que se recorten otras partidas o directamente se eliminen. Va a haber grandes políticas sociales que necesitan financiación; las EELL intentarán buscarla en el Estado y en su respectiva CA, para evitar subidas de los tributos locales. Es posible que los funcionarios suframos recortes retributivos. La contratación pública tratará de impulsarse, si bien deberá hacerse frente a las indemnizaciones pendientes. Es el momento de apostar por la transparencia, porque los ciudadanos van a exigir el correcto destino de los fondos públicos, y para su adecuada gestión sería conveniente apostar por una dirección pública profesional competente, estable e independiente. Por otra parte, el teletrabajo realizado por muchos empleados públicos es una oportunidad impagable para replantearse las estructuras de personal y dimensionarlas adecuadamente, estudiando y analizando los ahorros que se podrían destinar a las nuevas necesidades.»
III.
¿Qué reformas deben asumirse en el corto y medio plazo para evitar un posible colapso total o parcial en la jurisdicción contencioso-administrativa? ¿Cuáles serían recomendables en un plazo temporal mayor?
1.
José Ramón Chaves García (Magistrado especialista de lo contencioso-administrativo)
«No existirá ningún colapso sino embotellamientos puntuales. La justicia administrativa cuenta con la cámara de enfriamiento que proporcionan la vía administrativa previa, los recursos administrativos y la intervención de órganos cuasijurisdiccionales (económico-administrativos, contractuales,etcétera).
El embotellamiento se producirá en el ámbito de la responsabilidad patrimonial, bien planteada por particulares que hayan sufrido daños o perjuicios por la gestión de la crisis (en sus negocios, trabajos, libertades,etcétera), o bien por pacientes quejosos de la atención sanitaria ( diagnósticos errados, demoras, daños físicos y morales o incluso la muerte).
Sin embargo, en ambos casos habrá que agotar la lenta vía administrativa, que abre la posibilidad de impugnación de la desestimación presunta a los seis meses de reclamar. Dada la tendencia administrativa a no reconocerse indemnización alguna, lo suyo sería que por ley se estableciese, o bien un órgano especializado cuya composición y especialización reforzase su independencia, para actuar de filtro de tales reclamaciones administrativo-patrimoniales, o bien aprobar mediante ley un baremo básico y específico que asociase cuantías indemnizatorias a riesgos materializados o daños típicos derivados del Estado de Alarma. Con cualquiera de ambas medidas se evitaría el goteo de resoluciones judiciales, que por su dispersión, están llamadas a sentar agravios comparativos.
En todo caso, también una mediación alternativa para los pleitos de contenido económico sería muy recomendable y un buen aliviadero de la carga judicial.
Y por supuesto la electrónica y digitalización deben alcanzar la universalidad en nuestro sistema jurisdiccional».
2.
Marcos Peña Molina (Abogado. Letrado jefe de la Administración Local en excedencia)
«Se mentiría si no se dijera que a la justicia administrativa lo que principalmente le faltan son medios humanos y materiales. Desde luego, también es necesario modificar su norma procesal, la Ley de jurisdicción contencioso-administrativa (LA LEY 2689/1998) de 1998.
No soy partidario de grandes reformas y menos cuando se trata de la Administración de justicia. Me inclino más por reformas puntuales pero que sean ambiciosas.
En el corto plazo abordaría dos cuestiones claves. La primera, la implementación de medidas para un claro desarrollo telemático de las actuaciones procesales y, la segunda, el nombramiento de mayor personal para las oficinas judiciales. De nada sirve, hacer muchos juicios telemáticos si luego el personal que debe ordenarlos procesalmente es el mismo. Lo único que habrá es mayor carga de trabajo pero de distinta naturaleza.
Hay que relajar los principios de presenciabilidad y de inmediación y dotar de mayor peso a los principios actuales de integridad, autenticidad, reavilidad, transparencia, minimización, exactitud y confidencialidad. O se cree en la tecnología o no se cree. El medio camino no ayuda a nadie.
Desde mi asociación —Asociación de Letrados de Entidades Locales— hemos remitido al CGPJ y el Ministerio de Justicia dos conjuntos de propuestas de modificación procesal para una mayor agilización de los juicios y procedimientos en el orden contencioso-administrativo. Así, se ha venido a recoger, entre otras, para el proceso abreviado nuestra propuesta de permitir alegar y contraalegar por escrito causa de inadmisibilidad de la demanda.»
3.
María Avilés Navarro (Letrada de la Administración de Justicia)
«A nadie escapa que tras el estado de alarma se va a producir un incremento notable de la litigiosidad, ya de por si excesiva. Considero que, aun cuando se introduzcan reformas legales reduciendo o acortando plazos, lo cierto es que la realidad impide dar cumplimiento, en numerosas ocasiones, a los mismos. Por ello, creo necesario una renovación del sistema de justicia y entender ésta en sentido amplio, apostando por la mediación y otros sistemas alternativos y / o complementarios de resolución del conflicto. Estas herramientas pueden ayudar a encontrar la vía adecuada de resolución del litigio y, por tanto, también a reducir la excesiva litigiosidad en los órganos judiciales.
Revisión y supresión de ciertos trámites que suponen un retraso en la tramitación, como, por ejemplo, la rehabilitación de los plazos procesales regulada en el artículo 128.1 LJCA (LA LEY 2689/1998) o medidas que favorezcan la efectividad de la ejecución de sentencias contencioso-administrativas, en especial, aquellos casos en que se aprecia un complejo o gravoso cumplimiento.
Por supuesto, creo que la crisis ha evidenciado más que nunca la importancia de las tecnologías y la necesidad de su verdadera incorporación a la Administración de justicia, lo que puede contribuir a vencer la resistencia al cambio. Con la dotación de los medios necesarios, es imprescindible la implantación del expediente judicial electrónico en todo el territorio nacional, apostar por la interoperabilidad y compatibilidad de los sistemas y, por lo que refiere al orden contencioso-administrativo, potenciar la comunicación e intercambio electrónico de información con las diferentes Administraciones públicas.»
4.
Antonio Benítez Ostos (Abogado)
«Como ya sabemos, el Real Decreto 16/2020, de 28 de abril (LA LEY 5843/2020), ha sido aprobado con la finalidad de compensar el colapso judicial a través de la adopción de una serie de medidas infructuosas en su mayor parte.
Entre las previstas, se encuentra la reanudación de los plazos procesales una vez cese la vigencia del estado de alarma. Sin embargo, volver a computar los plazos desde su inicio, supone un retraso indebido que colisiona directamente con la agilidad que se pretende y que tan sólo dará lugar a la duplicidad de plazos con una eficacia meramente dilatoria.
Más allá de dicha medida de escasa virtualidad en cuanto a sus fines, al igual que respecto de la Administración Pública, urge sin lugar a dudas la implantación de una Administración de Justicia Electrónica real, que facilite y agilice su funcionamiento.
En este orden jurisdiccional, pudiera implantarse como práctica habitual en determinados supuestos (por ejemplo: testificales / periciales o vistas que no entrañen mayor dificultad), la utilización de medios telemáticos para su práctica.
Asimismo, quizás a medio plazo, debería de plantearse la posibilidad de suprimir la necesidad de celebración de vistas en los procedimientos abreviados, la simplificación de trámites procesales, la reducción de plazos y la supresión de la caducidad en los términos estipulados en el artículo 128.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (LA LEY 2689/1998), entre otras.
Por último y no por ello menos importante, resulta crucial dotar de más medios personales y materiales a la Administración de Justicia. Es aquí donde se encuentra el principal punto de inflexión hacía una agilización necesaria de la misma.»
5.
José Ignacio Vega Labella (Abogado. Abogado del Estado en excedencia)
«El colapso de la jurisdicción contenciosa es ya legendario e independiente del COVID-19, aunque la suspensión de procedimientos que se ha decretado en estos últimos meses no va a ayudar en absoluto.
Los principales retrasos no son imputables a las partes que, con las excepciones que procura el art. 128 LJCA (LA LEY 2689/1998), cumplen temporáneamente plazos y trámites. El problema está en los «tiempos muertos», esto es, en los tiempos que transcurren entre trámite y trámite, y que son desgraciadamente mucho más largos de lo que sería deseable.
Evidentemente, y en esto hemos avanzado muchísimo en los últimos cinco o seis años, la informatización de los procedimientos y la automatización de ciertos trámites son esenciales para la agilización procesal.
Otra medida que podría estudiarse es la posible irrecurribilidad de muchas resoluciones interlocutorias cuya impugnación dilata injustificadamente los procedimientos. Se trataría de aplicar una medida semejante a la que rige en el procedimiento de irrecurribilidad (independiente) de los actos de trámite no cualificados, sin perjuicio de la posibilidad de cuestionar su legalidad con motivo de la impugnación de las decisiones definitivas.»
6.
Francisco García Gómez de Mercado (Abogado. Abogado del Estado en excedencia)
«En todos los órdenes jurisdiccionales sería necesario disponer de una mejor informatización para facilitar el trabajo, de la Administración de Justicia y de los profesionales que con ella se relacionan (mejora de LexNET, acceso en línea, mejores equipos y programas, formación, etc.).
En particular, en lo contencioso-administrativo creo que se debería dar preferencia a la tramitación escrita de los procedimientos abreviados, no solo para facilitar el distanciamiento interpersonal sino también para una tramitación más ágil. Es cierto que la Constitución declara que el procedimiento debe ser predominantemente oral, pero, en mi opinión, la preferencia por la tramitación escrita en el procedimiento abreviado en este orden jurisdiccional no lo infringe. No creo, en cambio, en otras reformas que se han planteado, como limitar las apelaciones (ya me parece suficiente el límite) o que las apelaciones se resuelvan por un solo magistrado, reformas que tampoco creo que reduzcan tanto el trabajo y facilitan la existencia de resoluciones contradictorias. No haría falta reformar nada sino tomarse en serio las posibilidades del recurso testigo. En un plazo temporal mayor, habrá que estudiarlo.»
7.
Jesús M.ª Royo Crespo (Presidente de ALEL y Letrado-Asesor de la Diputación Provincial de Zaragoza) y Ana M.ª Barrachina Andrés (Secretaria de ALEL y Letrada-Asesora del Ayuntamiento de Alicante)
«En línea con lo señalado anteriormente, los procedimientos en el ámbito de la jurisdicción contencioso-administrativo deben ceñirse a los aspectos procesales estrictamente necesarios, por citar un ejemplo ¿es necesario el trámite de conclusiones, cuando en muchas ocasiones el mismo no deja de ser una reiteración de lo anteriormente manifestado? Deben ser procedimientos más directos en la búsqueda de la resolución final. Por otra parte, deberían explorarse las posibilidades del pleito-testigo entre diferentes Juzgados o Tribunales, así como la acumulación de oficio de procesos similares. El procedimiento abreviado por escrito debería ser la primera opción, reservando la celebración de vista cuando realmente sea necesaria para práctica de prueba no documental, y en este punto sin duda hay que potenciar su realización a través de sistemas de videoconferencia ya previstos desde la reforma de la LOPJ en 2003.
Si buscamos unas medidas más a medio y largo plazo debe ser preciso reiterar la necesaria dotación de medios personales y materiales, siendo indispensable ya la tramitación íntegra del proceso y de los actos de comunicación a través de medios electrónicos, incluso con pleno acceso al expediente por los profesionales del sector.
Y en la consecución de esto objetivos creo que las diferentes administraciones públicas deben estar coordinadas para prestar la ayuda. Pero, además, hay que cambiar el enfoque desde el seno de la propia Administración, implantando mecanismos que eviten el proceso judicial pero que al mismo tiempo proporcionen satisfacción al ciudadano. La mediación podría ser una buena medida para ello, pero es necesario un cambio de mentalidad en los gestores públicos, para que dejen de ver al ciudadano como “el enemigo” y pasen a contemplarlo desde la óptica de “cliente”. También cabe abogar por los sistemas de mediación intrajudicial e incluso conferir más posibilidades al Juez o Magistrado para que acercara las posiciones de las partes en litigio.»
IV.
¿Qué sectores públicos sufrirán de forma más intensa el impacto del Covid-19? ¿Por qué? ¿En cuáles de estos se presume una mayor actividad impugnatoria?
1.
José Ramón Chaves García (Magistrado especialista de lo contencioso-administrativo)
«El sector sanitario sufrirá una reconversión. De un lado, las relaciones con el personal estatutario, en cuanto a incentivos y garantías de su servicio, y particularmente sobre protocolos de actuación ante futuras pandemias. De otro lado, las relaciones con los pacientes, en cuanto a prioridades, alternativas asistenciales y responsabilidades.
El sector educativo deberá replantearse en desplazamiento de modelo presencial al electrónico, de modelos locales a globales, y con ello, la forma de evaluación y acreditación de la formación.
También deberán replantearse los modelos urbanísticos y de transporte o comunicaciones, atendiendo a los nuevos planteamientos vitales que acechan: trabajo a domicilio, educación en línea, preferencia de hogares en zonas rurales, nuevo modelo de ocio compartido con huida de eventos deportivos y espectáculos masivos, potenciación de medios de transporte independientes y no colectivos, cuidadosa ubicación de residencias de ancianos y centros de asistencia sanitaria, habilitación de espacios de atención integral en emergencias, etcétera.
Asimismo, la gestión de la extranjería, tanto en situación legal como ilegal, afectada en sus economías severamente, requerirá adoptar modelos de control y regularización, con inserción efectiva, para evitar la economía subterránea».
2.
Marcos Peña Molina (Abogado. Letrado jefe de la Administración Local en excedencia)
«El mayor impacto se observará en dos sectores que se han visto directamente afectados por la pandemia. El primero de ellos es el sanitario. No tenemos la mejor sanidad del mundo. Tenemos a los mejores sanitarios del mundo. Una diferencia esencial.
En este sector, el impacto de la pandemia ha provocado dos intensos efectos: por un lado, un daño y un perjuicio notable en su capital humano. Y, por otro, un resultado más que insatisfactorio a la hora de coordinar los distintos sistemas sanitarios autonómicos, tanto entre ellos, como ellos con el de la Administración central. Los médicos utilizaban wasap para estar en permanente coordinación y colaboración con otros médicos de otras regiones. Todavía no nos hemos enterado que gozar de autonomía en la gestión de un servicio público no es poseer independencia y aislamiento, sino todo lo contrario.
El segundo sector es el económico-empresarial, en el que incluyo, por supuesto, el trabajo por cuenta ajena. En este sector, es en el que estimo que habrá mayor litigiosidad en los próximos años: concursos, ERTEs, despidos, modificación de condiciones laborales, reestructuraciones societarias en el mundo del turismo y el ocio…etc.»
3.
María Avilés Navarro (Letrada de la Administración de Justicia)
«Desde mi punto de vista, creo que se va a producir un incremento notable de controversias derivadas de las medidas adoptadas durante el estado de alarma, principalmente, en materia sancionadora (sanciones impuestas durante el estado de alarma), responsabilidad patrimonial, materia contractual, ayudas del sector público o materia tributaria.»
4.
Antonio Benítez Ostos (Abogado)
«Son múltiples los sectores relacionados con la Administración que están padeciendo y padecerán intensamente la situación pandémica producida, con efectos negativos inmediatos en los administrados. Entre los principales sectores afectados, cabe destacar:
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— En el ámbito tributario, hemos de recordar que la liquidación o pago de impuestos quedaron suspendidos hasta el pasado 1 de junio, lo que ha supuesto una merma económica para infinidad de Administraciones Públicas. Aunque pudiera pensarse que simplemente ello supone un retraso en el cobro, no es cierto, pues la capacidad económica de los ciudadanos se encuentra en estos momentos mucho más limitada, lo que provocará un número elevado de impagos o, en su caso, de solicitudes de fraccionamiento - aplazamiento de deuda.
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— Se augura una drástica minoración de la oferta de empleo público. Es muy probable, por tanto, que exista una congelación de oposiciones y/o concursos oposiciones.
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— En materia de contratación pública, que representa un 20% del PIB español, se sucederán multitud de reclamaciones solicitando reequilibrios económicos, modificaciones del contrato, resoluciones de los mismos y revisiones de precios.
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— Asimismo, se augura una importante litigiosidad en materia de responsabilidad patrimonial, tanto por parte de los familiares de aquellos sanitarios o fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado que han fallecido sin disponer de medios de prevención adecuados, como por parte del sector empresarial que ha tenido que clausurar su actividad con importantes pérdidas económicas.
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— Igualmente, se vislumbra un número importante de recursos administrativos y contenciosos - administrativos frente a las resoluciones sancionadoras impuestas durante el estado de alarma, habida cuenta la dudosa legalidad de las mismas.»
5.
José Ignacio Vega Labella (Abogado. Abogado del Estado en excedencia)
«Todos aquellos en los que las medidas limitativas de las libertades ambulatorias son más intensas. En particular, los sectores del transporte o de la hostelería, sin olvidar el comercio físico u offline.
El transporte público y la movilidad urbana se enfrentarán ante nuevos e importantes retos, lo que tendrá indiscutibles repercusiones ambientales, Las nuevas formas de movilidad no colectivas podrán experimentar un repunte mayor del ya de por sí importante de los últimos años.
El sector sanitario, por otra parte, deberá ser convenientemente reforzado, especialmente el público, garantizando una actividad prestacional de la Administración verdaderamente universal.»
6.
Francisco García Gómez de Mercado (Abogado. Abogado del Estado en excedencia)
«Parece claro que hay tres sectores a señalar que son la Administración sanitaria y su posible responsabilidad patrimonial, la actividad sancionadora por los miles de sanciones impuestas y su posible impugnación, y la Administración laboral y asistencial (ERTE, ERE, desempleo, IMV, etc.) por la dificultad igualmente de tramitar todos los procedimientos, las posibles impugnaciones y la necesidad extraordinaria de fondos.»
7.
Jesús M.ª Royo Crespo (Presidente de ALEL y Letrado-Asesor de la Diputación Provincial de Zaragoza) y Ana M.ª Barrachina Andrés (Secretaria de ALEL y Letrada-Asesora del Ayuntamiento de Alicante)
«Si las previsiones se mantienen y no hay una mejora económica, la administración pública va a sufrir un impacto muy fuerte en lo que se refiere a las cuentas presupuestarias.
Toda la actividad pública se va a ver afectada en mayor o menor medida por el impacto del COVID-19 y donde la conocida teoría de los vasos comunicantes va a hacer su aparición en algunas materias como por ejemplo la tributaria.
El descenso de la actividad económica previsto en todos los indicadores económicos y estudios realizados por el Banco de España e instituciones internacionales como la OCDE afectarán de forma importante a la recaudación por ingresos de derecho público en las AA.PP. especialmente en la administración local la cual arrastra un déficit relevante en lo que se refiere a la suficiencia financiera.
Por otra parte, la mayor parte de las impugnaciones ante las AA.PP se centrarán en el ya citado ámbito tributario, el de contratación o incluso en el de subvenciones. En los primeros momentos es posible que existan muchos procedimientos relativos a las ayudas sociales y económicas que las AAPP están aprobando para hacer frente a la COVID-19, pero el grueso estará en la contratación administrativa, materia que afecta a todas de forma muy intensa. Si vienen recortes retributivos, tendremos que hacer frente a muchos procesos judiciales en materia de personal, siendo factible también que se plantee judicialmente la implantación de sistemas de trabajo a distancia y el disfrute de permisos por conciliación con recuperación o no de tiempo de trabajo.»
V.
¿Qué escenario le espera a la contratación pública? ¿Corre algún riesgo la seguridad jurídica? ¿Qué papel jugará el Sector Público Empresarial?
1.
José Ramón Chaves García (Magistrado especialista de lo contencioso-administrativo)
«La contratación pública seguirá padeciendo los males anteriores al estado de alarma: complejidad, burocratización y rigidez. Lo que habrá que regular es un sistema realmente eficiente y fructífero de contratación de emergencia, centralizando decisiones, o incluso de contratación preventiva por parte del Estado ante posibles nuevas crisis sanitarias.
El sector público empresarial deberá atravesar por un expurgo de las empresas que realmente proporcionen valor público añadido y de las que son prescindibles, con el fin de instrumentar empresas públicas que puedan en situaciones de emergencia colmar la eclosión de necesidades que se plantean, con rapidez y garantías (limpieza, seguridad, abastecimiento, etcétera)».
2.
Marcos Peña Molina (Abogado. Letrado jefe de la Administración Local en excedencia)
«Hace tiempo que la seguridad jurídica, como mandato de optimización a los poderes públicos normativos, ni se le ve ni se le espera. Los jueces y tribunales hacen lo que pueden, llegando en ocasiones a hacer interpretaciones correctoras por una mala praxis normativa. Cassese habla de crisis de legalidad. Las leyes ya no nacen de la reflexión jurídica sosegada mediante un proceso de dialéctica razonada o al menos razonable, sino que constituyen medidas/parches para regular situaciones coyunturales surgidas, en más de las veces, de la opinión publicada.
La contratación pública no es ajena al panorama que se describe. Desde la ley de contratos del 2007 hasta la actual del 2017, las distintas normas de contratación han ido incrementado sus preceptos y la complejidad de los mismos, provocando mayor inseguridad, tanto en su interpretación como en su aplicación. Que se tome como ejemplo los problemas surgidos en torno a la contratación menor.
El Sector Público Empresarial, en una época postpandemia debe jugar un papel impulsor e incentivador económico. Debe ser coadyuvante en el despegue de la economía. No obstante, como sabemos, a excepción de las sociedades mercantiles, su régimen de articulación con el operador empresarial pasa por la ley de contratos del sector público (LA LEY 17734/2017). Lo que de ninguna manera pueden convertirse son en agencias de colocación a dedo.»
3.
María Avilés Navarro (Letrada de la Administración de Justicia)
«El COVID-19 dejará tras de sí una importante crisis sanitaria, económica y social. En mi modesta opinión, y sin ser especialista en la materia, creo necesaria una Administración activa en materia de contratación para reactivar la economía nacional; esta inversión inicial producirá a medio plazo un retorno indirecto.
Como procesalista, mi opinión es que el índice de litigiosidad en materia de contratación pública se va a incrementar, en parte, debido a algunos de los conceptos indeterminados derivados de la numerosas normativa estatal y autonómica dictada en el ámbito de la contratación pública durante el estado de alarma, que ha motivado diferentes interpretaciones, algunas recogidas en sucesivos informes consultivos de la Abogacía del Estado, y que exigirá una fijación de criterios por parte de los Tribunales.»
4.
Antonio Benítez Ostos (Abogado)
«Con motivo de la aprobación del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo (LA LEY 3343/2020), por el que se declara el estado de alarma, como es sabido, se suspendieron los términos y se interrumpieron los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público.
Ello ha ocasionado la ralentización en la tramitación de infinidad de expedientes de contratación pública, siendo ello un obstáculo para la adecuada atención de las necesidades en todos los niveles de la Administración.
Asimismo, el empobrecimiento generalizado de nuestro país, a consecuencia de esta pandemia, influirá como es lógico en nuestras Administraciones Públicas, que contratarán menos y económicamente más barato. Ello, además de tener que indemnizar a infinidad de contratistas, resolver contratos y revisar los precios de los mismos.
Por lo que se refiere a la seguridad jurídica, la misma se encuentra gravemente afectada por las ingentes y apresuradas reformas legislativas que se están sucediendo en la materia y que están modificando disposiciones estructurales de nuestra Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LA LEY 17734/2017).»
5.
José Ignacio Vega Labella (Abogado. Abogado del Estado en excedencia)
«No cabe duda de que todas las situaciones de emergencia llevan aparejadas restricciones de garantías y merma de la seguridad jurídica. En materia de contratación pública hemos asistido recientemente a supuestos que ilustran esta idea. El procedimiento administrativo de contratación (acaso la mayor garantía con que cuenta el administrado para salvaguardar la regularidad de las decisiones administrativas y la igualdad de oportunidades) es siempre el primer sacrificado en situaciones de crisis. Las adjudicaciones directas, las contrataciones directas, las contrataciones de emergencia o simplemente, tal como ha ocurrido con alguna reciente regulación legal de alguna comunidad autónoma, las adjudicaciones al margen de la legislación de contratos del sector público se han convertido en moneda de curso común en fechas bien recientes.
Y ello por no hablar de las dificultades, cuando no supuestos de imposibilidad absoluta, para la ejecución o cumplimiento de los contratos ya adjudicados como consecuencia de la alteración extraordinaria de las circunstancias (rebus sin stantibus) que ha motivado el COVID-19.
Del sector público se espera su fortalecimiento, no sólo por la necesidad de redoblar esfuerzos e intensificar la actividad prestacional de la Administración, especialmente en el ámbito sanitario, sino también por la necesidad asumir el ejercicio de la iniciativa pública en la actividad económica (art. 128 CE (LA LEY 2500/1978)), llegando incluso a la toma de participación en empresas hasta ahora privadas. En mi opinión, en los próximos tiempos el Estado no va a limitarse a ser un mero «regulador» sino que se va a convertir en un jugador más en el terreno de juego, lo que indiscutiblemente podría llegar a comprometer las reglas de la libre competencia y del mercado.
Se avecinan tiempos de centralización competencial y de reforzamiento del sector público empresarial.»
6.
Francisco García Gómez de Mercado (Abogado. Abogado del Estado en excedencia)
«Entiendo que se potenciará la contratación electrónica. No debería haber riesgo para la seguridad jurídica. En un momento en que es necesario restablecer la actividad económica, el sector público empresarial deberá lógicamente colaborar en ello, si bien por la escasez de recursos ante el enorme déficit y las posibles limitaciones de la UE, tampoco creo que su papel sea el gasto cuantitativo sino cualitativo.»
7.
Jesús M.ª Royo Crespo (Presidente de ALEL y Letrado-Asesor de la Diputación Provincial de Zaragoza) y Ana M.ª Barrachina Andrés (Secretaria de ALEL y Letrada-Asesora del Ayuntamiento de Alicante)
«Como se ha explicado anteriormente, la pandemia tendrá consecuencias en todos los ámbitos y la contratación será sin duda uno de ellos. Contratos que en el mejor de los casos se podrán retomar tras la obligada suspensión serán una parte, quedando en otros supuestos rescindidos, anulados o incluso de imposible ejecución.
Sobre la seguridad jurídica, sin duda, habrá que ver en primer lugar como resuelven las administraciones los conflictos por la ejecución de los contratos. Creo que conceptos jurídicos como la fuerza mayor, se van a ver afectados y modulados consecuencia de los meses de imposibilidad de continuar con la licitación y/o ejecución de los contratos administrativos y en ello tendrán mucho que decir los juzgados y tribunales del orden jurisdiccional contencioso-administrativo. La seguridad jurídica ha corrido serio riesgo durante la pandemia, pues se ha legislado a golpe de Decreto y hemos visto como los sucesivos iban modificando o corrigiendo los anteriores, de forma tal que resulta bastante complicado el asesoramiento legal. La contratación pública tiene una finalidad y dimensión social, que ahora debe extremarse para convertirla realmente en uno de los motores de dinamización económica y suponer, al mismo tiempo, una fuerte inyección económica para las empresas y profesionales que concurren a las licitaciones. Ahora bien, la gestión debe ser equilibrada a riesgo de privatizar muchos de los servicios que actualmente se prestan de forma directa, pues cualquier decisión al respecto también afecta a la política de personal de cada Administración.
Y respecto al sector público empresarial, este se verá afectado desde un punto de vista cuantitativo y cualitativo. Cuando me refiero a cuantitativo, es porque el número de este tipo de entes puede verse reducido si no hay transferencias corrientes y de capital hacia los mismos por parte de las administraciones matrices.
Y cualitativo, porque posiblemente sea una necesaria concentración de actividades y sectores en número más reducido de entes. E incluso con la posibilidad de una retirada del sector público en concretos ámbitos objetivos».
VI.
¿Qué previsiones se pueden hacer respecto del sector sanitario? ¿Es el momento de replantear su estructura pública?
1.
José Ramón Chaves García (Magistrado especialista de lo contencioso-administrativo)
«El sector sanitario necesita un cambio serio para que no tenga pies de barro. Cambio competencial en cuanto debería articularse una reserva puntual al Estado de competencias sanitarias estratégicas, que le permitan dar respuesta única ante las contingencias extraordinarias de crisis sanitarias globales. Y cambio en los sistemas de reclutamiento y gestión del personal facultativo para poder incorporar y compensar a quienes presten su labor en condiciones hostiles ante emergencias.
Asimismo, la Ley orgánica de Medidas Especiales en materia de Salud Pública de 1986 debería reformarse para que en el futuro no se incurra en la tentación de hacer uso y abuso de más Estados de alarma, situación indeseable por sus graves consecuencias en la esfera de derechos, libertades y calidad de vida.
Por otra parte, el impacto presupuestario de reclamaciones del personal sanitario y de indemnizaciones por la asistencia sanitaria derivadas de esta etapa será un torpedo en la línea de flotación de la financiación sanitaria. Si a eso unimos el necesario reforzamiento sanitario preventivo y consiguiente coste financiero, quizá nos lleve a hablar seriamente de copago por prestaciones sanitarias, como el modelo imperante en la mayor parte de países europeos, sin perder de vista la solidaridad y mantener la imposición como principal fuente de financiación».
2.
Marcos Peña Molina (Abogado. Letrado jefe de la Administración Local en excedencia)
«Es el momento de replantearse: la cooperación y coordinación real y efectiva de los sistemas sanitarios autonómicos. La intensa precariedad laboral existente en los mismos. La real sanción al abuso de temporalidad. Y la reorganización, adaptación y dotación efectiva de los sistemas de emergencia.
Nos hemos dado cuenta que sin salud el mundo se para. Pues debemos pararnos para recomponer nuestra salud. Y a partir de aquí reforzar nuestro sistema sanitario. No debemos caer en el falso debate ideológico de si sistema público o privado. El bien jurídico a salvaguardar es la salud, y es un bien que corresponde a todos los ciudadanos. Por ello, debe ser garantizado por los poderes públicos removiendo los obstáculos que impidan su adecuada satisfacción, con independencia de quien preste la gestión "public-private partnership", que deberá estar supeditada a la salvaguarda de dicho bien jurídico. Sin excepciones. La sanidad no es un coste sino una inversión. Pero debe ser una inversión sostenible, eficiente y responsable.»
3.
María Avilés Navarro (Letrada de la Administración de Justicia)
«Veo necesario apostar por una gestión de carácter más transversal, por gestión transversal, refiero a una gestión coordinada entre las diferentes Administraciones públicas y velar por una prestación homogénea en todo el territorio nacional.
Son necesarias medidas organizativas adecuadas, cooperación y coordinación entre Gobiernos e Instituciones. Unificar políticas sanitarias en caso de emergencias como ha supuesto y puede suponer el COVID19.
Una digitalización de la sanidad es imprescindible, así como apoyo a la investigación.»
4.
Antonio Benítez Ostos (Abogado)
«El sistema sanitario adolece principalmente de dos problemas que se han evidenciado de forma notoria desde que el Covid-19 se hizo visible en nuestra sociedad.
Uno de ellos estriba en la descentralización de competencias sanitarias del Estado, en las Comunidades Autónomas. La estructura sanitaria de la que disponemos, se asemeja a la propia de un Estado Federal, siendo posible su adecuado funcionamiento en condiciones normales de salud pública. No obstante, dadas las circunstancias, quizás fuese recomendable prever la centralización de tales competencias, simplificándose el funcionamiento del engranaje del sistema sanitario. Con ello se conseguiría unidad y homogeneidad en una cuestión tan importante como es el de la salud de los ciudadanos.
El segundo, es la deficiente financiación de nuestro sistema sanitario.
En cualquier caso, es imprescindible que el Estado disponga de mecanismos de rápida respuesta ante situaciones especialmente urgentes para la salud pública como la ocasionada por el Covid-19. En esta dirección, es fundamental que España se pueda autoabastecer de productos sanitarios básicos.
Por último, entiendo que debería de replantearse una privatización parcial de la estructura sanitaria, que ayudaría a todas luces a mejorar su funcionamiento y la calidad en la prestación del servicio.»
5.
José Ignacio Vega Labella (Abogado. Abogado del Estado en excedencia)
«Personalmente creo que el cambio no va a venir solo desde el punto de vista organizativo. El sector sanitario es un sector fuertemente regulado y mucho me temo que la hiperrergulación o sobrerregulación puede alcanzar límites insospechados hace poco tiempo.
A modo de ejemplo, las autoridades están ya tomando medidas de control de precios de productos no financiados por el Sistema Público de Salud —medicamentos sin receta, productos sanitarios, biocidas, etc.— absolutamente exorbitantes y difícilmente compatibles con un entorno de libre competencia y de economía de mercado. Si esta tendencia se consolida el tejido productivo sanitario se verá fuertemente comprometido.»
6.
Francisco García Gómez de Mercado (Abogado. Abogado del Estado en excedencia)
«No creo que haya que replantear nada necesariamente por la crisis sufrida. Aunque por supuesto hay cuestiones que en una crisis se ponen de manifiesto. Entiendo que es necesaria una coordinación efectiva por el Estado, una mayor intervención que en el pasado (sin llegar lógicamente a la situación del Estado de Alarma). En cuanto a la prestación de los servicios sanitarios, creo que países como Alemania, con una prestación mayoritariamente por centros privados "concertados" (como sucede tradicionalmente en España en el caso de funcionarios del Estado), demuestra que no es precisa la gestión directa en todo caso, si bien parece razonable el mantenimiento de centros públicos. La colaboración público-privada creo que es la fórmula idónea y debe potenciarse.»
7.
Jesús M.ª Royo Crespo (Presidente de ALEL y Letrado-Asesor de la Diputación Provincial de Zaragoza) y Ana M.ª Barrachina Andrés (Secretaria de ALEL y Letrada-Asesora del Ayuntamiento de Alicante)
«El sistema sanitario ha tenido y tiene un stress especialmente intenso durante la era COVID-19. Un esfuerzo al que no había sido sometido hasta el momento, en cuanto a la cantidad de recursos que están siendo necesario movilizar. Y una implicación del personal sanitario que ha supuesto incluso exponer sus propias vidas.
Sin duda, se viven momentos de incertidumbre pues no se ha erradicado el virus y con la presente amenaza de nuevos brotes. Realizar previsiones sobre este escenario es muy complicado en cuanto al volumen de personal necesario y de los medios que se pueden volver a necesitar.
Lo que es indudable que en el momento de “impass” o de frágil tregua en el que nos encontramos es preciso impulsar estructuras que garanticen la plena atención a las personas que pudieran contraer la enfermedad.
Más que replantear quizás la palabra sea reorientar pues es necesario que se fijen objetivos claros, planes de actuación y prioridades en la adquisición de material sanitario como también es preciso crear procedimientos de incorporación de personal sanitario más flexibles y que no generen tensiones como las producidas hasta este momento».
VII.
¿Qué influencia tendrá la respuesta pública —administrativa y jurisdiccional— en la situación social y económica que podamos encontrar dentro de un año?
1.
José Ramón Chaves García (Magistrado especialista de lo contencioso-administrativo)
«El papel público será imprescindible. Tendrá un año para demostrar a la población que lo del Estado del bienestar no era una bonita frase. Tendrá que demostrar que el Estado puede devolver a los ciudadanos la seguridad jurídica, la seguridad personal y la seguridad en cuanto al nivel o estándar que merecen de los servicios públicos.
El poder público tiene la elevada misión de hacernos olvidar un escenario de Estado de Alarma donde la incertidumbre reinaba, donde las autoridades públicas se mostraban desorientadas, donde la transparencia brillaba por su ausencia, y donde los ciudadanos vieron peligrar sus vidas y derechos. La memoria de los fallecidos está ahí y debemos captar su mensaje para las generaciones venideras, pero también debemos mantener la memoria de un poder público cargado de poder e incapaz de dar confianza a la ciudadanía.
Espero que haber visto las orejas al lobo, haber visto peligrar lo que se tiene y puede tener, y tambalearse lo que parecía una sólida carpa jurídica, nos haga a todos más corteses, mas profesionales y sensibles, ya seamos funcionarios, policías, abogados o jueces. Creo que los tiempos de formalidades, rigideces y de frío derecho deshumanizado deben cambiar, y para ello no son precisas nuevas normas sino nuevas formas, nuevas formas de comprender el regalo de estar vivos y vivir en una sociedad avanzada en el marco de un Estado de Derecho».
2.
Marcos Peña Molina (Abogado. Letrado jefe de la Administración Local en excedencia)
«La Administración del siglo XX, por influencia francesa —bebemos de su raíz pero nos invade el espíritu alemán— puso al servicio público como eje vertebrador de su Derecho, el Derecho administrativo. Hoy, hay que dar un paso más, el eje vertebrador del Derecho administrativo debe ser el ser humano. Ya ni siquiera el ciudadano. En un mundo globalizado donde las fronteras se hallan más en las cabezas que en los pasos fronterizos, el Derecho administrativo se encuentra desnacionalizado y cada vez más internacionalizado. La respuesta publica-administrativa y publica-judicial debe ser la de un mandato de confianza al individuo en relación a la protección de sus derechos, de su libertad y dignidad. La confianza ciudadana en las instituciones públicas y jurisdiccionales cohesiona y contrarresta las grietas y quiebras que toda crisis produce en la población. Esa es la razón de ser de una institución pública. Tomando de la mano a Hauriou, una institución es la respuesta que el ordenamiento jurídico idea para materializar una acción social, una vez que esa idea es, a su vez, aceptada por la acción social. Una legitimidad continua cuya ruptura pone en crisis a todo el sistema de instituciones.
Me gustaría pensar que la respuesta de nuestras instituciones estará a la altura y, por tanto, que aquellos que se encuentren investidos de su titularidad y aquellos otros que se hallen nombrados para su gestión son conscientes de que sus estancias deben estar orientadas hacia las vistas de un servicio objetivo al interés general, es decir, al de todos. Una premisa que, últimamente, se olvida en las malas memorias.»
3.
María Avilés Navarro (Letrada de la Administración de Justicia)
«Siendo realistas creo que el plazo de un año es un plazo excesivamente breve para que obtener una actuación pública eficaz tanto administrativa como jurisdiccional.»
4.
Antonio Benítez Ostos (Abogado)
«La gestión de la crisis sanitaria, social y económica provocada por la pandemia está ocasionando una pluralidad de reformas legislativas apresuradas, sin control ni debate parlamentario, que ubica a nuestro país en una grave situación de inseguridad jurídica.
Es precisa la adopción de un plan de actuación transversal creado con ocasión de un profundo estudio de la situación actual y la venidera por parte de los poderes públicos, que auspicien una recuperación económica y social lo más pronta posible. De ello dependerá nuestro futuro más inmediato.
No obstante, a la fecha, quizá dada la imprevisibilidad de la situación, las actuaciones llevadas a cabo no revelan sino la falta de una adecuada planificación y organización que encare de forma seria la situación.»
5.
José Ignacio Vega Labella (Abogado. Abogado del Estado en excedencia)
«Una influencia esencial. Se avecinan tiempos convulsos en el panorama social, económico y jurídico.
La seguridad jurídica y la credibilidad del sistema en su conjunto están en juego. Si las Administraciones públicas y, muy especialmente, los tribunales de Justicia no están a la altura vamos a tener problemas. El ciudadano debe percibir la cercanía y el amparo de la Justicia.»
6.
Francisco García Gómez de Mercado (Abogado. Abogado del Estado en excedencia)
«Como he dicho antes, la Administración debe potenciar las prestaciones asistenciales, ante las dificultades económicas de un amplio sector de la población, y, al tiempo, el fomento de la inversión y la actividad económica. No tengo bola de cristal para saber si será efectiva o hasta qué punto lo será. Deseo que lo sea.
Desde el punto de vista social y económico, los tribunales deberán dar respuesta a las reclamaciones sobre impugnación contra actuaciones de Administración laboral y asistencial (ERTE, ERE, desempleo, IMV, etc.) así como, en el ámbito civil, los concursos de acreedores, reclamaciones de consumidores e incumplimientos de contratos, y en la Social también los despidos o extinción de contratos. Los tribunales no tienen por finalidad solventar una crisis sino aplicar las leyes, pero sin duda la rapidez o retraso en hacerlo influirá en la crisis general y en las situaciones de las personas individualmente afectadas.»
7.
Jesús M.ª Royo Crespo (Presidente de ALEL y Letrado-Asesor de la Diputación Provincial de Zaragoza) y Ana M.ª Barrachina Andrés (Secretaria de ALEL y Letrada-Asesora del Ayuntamiento de Alicante)
«Como se decía en la obra “El Burlador de Sevilla” de Tirso de Molina "Cuan largo me lo fiais", desde un deseo personal en el que los malos augurios no se cumplan; a tener que analizar una situación que posiblemente afecte a una parte muy importante de la ciudadanía.
La respuesta de las AA.PP debe ser muy centrada en los problemas reales de la sociedad, los presupuestos públicos deben orientarse a crear condiciones que permitan generar oportunidades laborales óptimas al tiempo que atender las necesidades sociales que se han originado. Y todo ello, se deberá hacer con una merma de los empleados públicos, pues salvo en situaciones muy especiales y excepcionales, la incorporación de nuevos trabajadores a las administraciones será un hecho poco común, salvo que la situación mejore en los próximos meses.
Es un momento irrepetible para que las Administraciones Públicas comiencen a realizar, de verdad, una gestión eficaz y eficiente de los recursos de que disponen, y así lo va a tener que demostrar tanto la parte política como la técnica. Los ciudadanos esperan la respuesta de su Administración, empezando por la más cercana, la local, para que los municipios y provincias recuperen su actividad en el menor tiempo posible. Pero también esperan grandes políticas de las Administraciones estatal y autonómica, reclamando de los gobernantes la toma de decisiones estratégicas adecuadas al margen de criterios de oportunidad. En la parte judicial, hemos podido observar que por regla general los órganos jurisdiccionales han desplegado una actividad frenética en las últimas semanas para tener todo a punto al comienzo de “la nueva normalidad”, intentando agilizar la tramitación de los procesos pendientes para su pronta resolución
Todas las Administraciones se juegan una gran parte de su credibilidad y su utilidad como no sepan responder de forma eficiente y eficaz».