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Requisitos que debe cumplir el opositor que obtiene plaza para poder aplicarse en IRPF la reducción por movilidad geográfica

Requisitos que debe cumplir el opositor que obtiene plaza para poder aplicarse en IRPF la reducción por movilidad geográfica

Consulta DGT V2736-18, de 15 Oct.

Diario La Ley, Nº 9391, 5 de Abril de 2019, Wolters Kluwer

LA LEY 507/2019

Si un desempleado que reside en una localidad,  aprueba una oposición y, por destino, pasa a vivir a otra, para que pueda aplicar la reducción por movilidad geográfica, no bastará con que se empadrone en el nuevo municipio sino que necesitará cumplir adicionales requisitos para acreditar su cambio de residencia.

Consulta Vinculante V2736-18, de 15 de Octubre de 2018 de la SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas (LA LEY 2940/2018)

Si una persona que reside en Alicante aprueba una oposición y dentro del mismo año se traslada a vivir a Almería, para poder aplicar la reducción por movilidad geográfica, no basta con que se empadrone en el nuevo municipio sino que es necesario que se cumplan adicionales requisitos para acreditar su cambio de residencia.

En el caso el cambio de residencia obedece a la toma de posesión de una plaza como funcionaria de carrera en la Administración Pública, tras aprobar unas oposiciones, y este es un proceso que per se ya exige el cumplimiento sucesivo de una serie de requisitos para finalmente adquirir la condición de funcionario de carrera, unidos a los cuales y a los efectos de poder aplicar la reducción por movilidad geográfica, se exige estar desempleado e inscrito en la oficina de empleo, circunstancia que debe valorarse antes del inicio de dicho proceso.

Solo se podrá aplicar la reducción el opositor que tras aprobar cambia su residencia si la inscripción como desempleado se produjo antes de aprobar la oposición y antes de que fuese publicada la relación definitiva de aspirantes aprobados en las pruebas selectivas para ingreso al Cuerpo de la Administración del Estado al que pertenezca; si la inscripción en la oficina de empleo fuese posterior a la publicación de la relación definitiva de aspirantes aprobados se pierde, declara la DGT, el derecho a la aplicación de la reducción por movilidad geográfica.

Normativa aplicada: art. 8 y 62 (Ley 7/2007), art. 106 (Ley 53/2003), art. 11 (RD 439/2007 (LA LEY 3030/2007)) y arts. 19.2 (LA LEY 11503/2006) y 20 (Ley 35/2006 (LA LEY 11503/2006)).

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