El Supremo confirma la prohibición del acceso a cámaras en los pasillos de los juzgados en Catalunya
Diario La Ley, Nº 8736, Sección Hoy es Noticia, 7 de Abril de 2016, Editorial LA LEY
LA LEY 78667/2016
El Pleno de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha rechazado por unanimidad el recurso que presentó el Col·legi de Periodistes contra un acuerdo de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) de 14 de enero de 2014 que limitó la libertad de que los medios de comunicación disfrutaban hasta entonces para deambular por las dependencias de los órganos judiciales en Catalunya.
El acuerdo de Sala de Gobierno del TSJC prohibió el acceso de las cámaras de televisión en los pasillos de la sedes judiciales, una decisión que fue muy contestada por los periodistas que cubren la información judicial. La medida fue recurrida por la vía de lo contencioso-administrativo.
Tras su deliberación de este martes, la Sala Tercera del alto tribunal, reunida en Pleno, establece que las limitaciones realizadas por el órgano de gobierno del TSJC no conculcan el derecho a la información, como argumentaban los recurrentes.
La sentencia, que se conocerá en los próximos días, recogerá pronunciamientos sobre la materia del propio Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional, han informado fuentes jurídicas.-Informó Europa Press.