El Registro de Impagados Judiciales se ha consolidado como el Sistema de Información Crediticia de referencia en el sector del recobro por ser el único fichero en el país que puede ser consultado por cualquier persona con interés legítimo, ofreciendo información exclusiva del mercado de deuda privada, aportada por abogados.
Según explica el director general del RIJ, Enrique Rodríguez Zarza, “el éxito del recobro está en que hemos conseguido democratizar los tradicionales ficheros de morosos, con un registro en abierto, gratuito, que puede ser consultado por todo el mundo lo que multiplica la presión social y financiera sobre el deudor”.
Esta innovadora operativa está permitiendo que particulares, autónomos, pymes o empresas puedan ya hacer visibles sus deudas, compartiendo esta valiosa información en la base de datos del RIJ, a través de sus letrados, siendo accesible al sistema financiero y empresarial español a través de INFORMA (filial del grupo CESCE) y mediante las consultas directas a la plataforma. Existiendo Apis de integración para las consultas y subidas de información masivas de grandes compañías.
Primeros casos de cobro exprés
El Registro de Impagados Judiciales recientemente ha incorporado una nueva funcionalidad, especialmente diseñada para hacer, de forma gratuita, el requerimiento de pago y la notificación de inclusión en el Sistema de Información Crediticia de la Abogacía Española vía judicial, que ha permitido ya reducir de forma drástica el período medio de cobro de las ejecuciones de impagados en nuestro país, un grave problema de la justicia española que puede tener los días contados gracias al uso de la cláusula RIJ.
El reconocimiento de esta nueva forma de comunicación al deudor, por parte de los jueces y de los Letrados de la Administración de Justicia, ha hecho ya posible que acreedores hayan recuperado su dinero en menos de dos meses frente a los casi 40 meses de media (más de tres años) que tardan las ejecuciones de impagados en España, según la Memoria de 2022 del Consejo General del Poder Judicial.
El responsable del RIJ, Enrique Rodríguez Zarza, ha destacado la importancia del nuevo sistema de notificación del fichero de morosos de la Abogacía Española para acelerar el cobro de deudas, siendo una herramienta imprescindible de trabajo para los abogados y los departamentos jurídicos de las áreas de recobro de las empresas. Igualmente, ha hecho hincapié en la importancia de la posibilidad de consultar información exclusiva para tomar las decisiones más acertadas en las empresas y prevenir riesgos de impagos.
“Este servicio -según ha señalado- es muy eficaz para poner fin a los alarmantes datos de la última Memoria del CGPJ, procesos de ejecuciones que se eternizan en el tiempo, hasta más de tres años de media o que nunca llegan a cobrarse”.
Para entender la revolución jurídica y tecnológica que supone este novedoso instrumento legal, el director general del RIJ ha puesto, como ejemplo, el último auto dictado por un Juzgado de Donostia en el que el acreedor ha logrado recuperar su dinero en menos de dos meses, gracias a su inclusión en el procedimiento judicial.
Este innovador sistema de notificación garantiza plenamente el derecho al honor del afectado, que tendrá la oportunidad de manifestar su acuerdo o desacuerdo con la deuda y le permitirá ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, oposición o supresión y, además, no podrá negar el desconocimiento de la deuda reclamada judicialmente y que de forma contumaz se ha negado a pagar, ni se verá sorprendido por la inclusión en el citado fichero.
Diligencia de Ordenación en primicia
En una Diligencia de Ordenación que entró el pasado viernes 24 de noviembre, realizada por el Juzgado de 1ª Instancia e instrucción de Pozuelo de Alarcón, se pone de manifiesto cómo cada vez son más los juzgados que ordenan dar traslado de la cláusula RIJ al deudor-demandado, así como que reconocen la utilidad de la plataforma para agilizar los procedimientos y acortar las ejecuciones. Además, en el cuerpo del escrito de la Diligencia, se reconoce expresamente al RIJ “como plataforma específica de Abogacía”.