En sus conclusiones el Informe pone de manifiesto, como cuestión no abordada en el texto, la inexistencia del análisis del impacto económico real de la transformación del régimen arancelario de mínimos en un régimen arancelario de máximos, incluido el impacto en la competencia de este nuevo régimen, teniendo en cuenta que el sistema arancelario de la procura no ha sido objeto de reforma o actualización alguna desde el año 2003.
Señala igualmente que el Real Decreto proyectado, llamado a desarrollar la Ley 15/2021, de 23 de octubre, por la que se modifica la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales, en lo que al sistema arancelario de la Procura se refiere, no contempla su actualización, por más que esta pudiera resultar aconsejable habida cuenta del tiempo transcurrido desde que fueron fijados los aranceles actualmente vigentes, y de la evolución de la economía y del mercado de los servicios profesionales que ha tenido lugar desde entonces.
La supresión de los aranceles mínimos y el establecimiento de aranceles máximos convierte su pendiente actualización en un elemento necesario del estudio de impacto económico que no se ha realizado.
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