José María Alonso es especialista en litigación de aspectos civiles y mercantiles de los contratos (especialmente en los de compraventa de bienes y derechos, contratos de construcción e ingeniería; y contratos de distribución, concesión y agencia), disputas societarias (compraventa de sociedades y conflictos entre socios), disputas sobre contratos y operaciones financieras (préstamos, garantías, depósitos, etc.) y de seguros y situaciones de insolvencia. Ha actuado en más de 2.000 procedimientos ante los distintos órganos jurisdiccionales españoles (con componentes nacionales e internacionales) en condición de abogado de alguna de las partes; ha colaborado en los aspectos de Derecho español en procedimientos seguidos ante jueces y tribunales de Portugal, Francia, Reino Unido, Alemania, Países Bajos, Italia, Israel, Marruecos y Australia; y ha participado como asesor de algunas de las partes en múltiples procedimientos arbitrales domésticos e internacionales. Como árbitro, ha actuado en más de 200 procedimientos (bien como árbitro único; como árbitro designado por una de las partes; o como presidente del Tribunal Arbitral) tanto domésticos (ad hoc, Corte de Arbitraje de Madrid, Corte Española de Arbitraje y Corte Civil y Mercantil de Arbitraje-CIMA) como internacionales (ICC Court of Arbitration, LCIA, AAA/ICDR, CIADI y TAS/CAS); instituciones de cuyas respectivas listas de árbitros, entre otras, forma parte.
Ha sido socio director de despachos de gran prestigio internacional, como Baker McKenzie o Garrigues, y es miembro fundador y primer presidente del Club Español del Arbitraje.
Después de cinco años al frente del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (nueva denominación adoptada durante su mandato caracterizado por su sensibilidad hacia la igualdad de género), José María Alonso anunció que no se presentaría como candidato a las nuevas elecciones. Su periodo al frente del principal colegio de abogados de España se caracterizó por importantes mejoras en la formación, el crecimiento institucional del ICAM y el futuro código de buenas prácticas para los nuevos profesionales del AJA, la potenciación del área de secciones, la creación de un máster de acceso a la abogacía propio, las acciones solidarias con Ucrania o la implantación del sello de Igualdad.
Alonso ha afirmado que actualmente el ICAM es una «institución de referencia» y ha manifestado su preocupación por varios temas inconclusos como la no implantación del voto digital en las elecciones o la no participación de la abogacía de Madrid en la sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. También, ha expresado su malestar por los abogados del Turno de Oficio que asisten a personas jurídicas y a los que el Ministerio de Justicia no paga sus honorarios.
Tras su etapa como Decano del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid el Pleno del Centro Internacional de Arbitraje de Madrid (CIAM) lo eligió el 13 de octubre de 2022 como futuro presidente, que asumirá el cargo el próximo 1 de enero de 2023, relevando a Juan Serrada, el actual presidente.
En el inicio de esta nueva singladura profesional, José María Alonso ha accedido amablemente a responder a las preguntas formuladas por José Carlos Fernández Rozas, director de la revista LA LEY Mediación y Arbitraje.
Tras haber realizado una meritoria labor durante su etapa como Decano del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid has decidido, querido José María, dedicar tu actividad a presidir el Centro Internacional de Arbitraje de Madrid. Es suficientemente conocido que tu trayectoria profesional ha estado muy ligada al mundo del arbitraje pero, aparte de esta razón ¿puedes adelantar alguna otra que motivara esta importante decisión?
Es un placer charlar contigo, José Carlos. El proyecto de creación de una corte única madrileña y, en definitiva, española es una iniciativa que viene ya desde antiguo. Incluso coincide en el tiempo casi con la creación del Club Español del Arbitraje. A mí personalmente siempre me ha parecido que el hecho de que España se presentará con una sola voz en los foros internacionales era muy importante a la hora de traer hacia España arbitrajes internacionales. La prueba de ello es que participé, incluso antes de ser decano del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid, en la actividad tendente a que se pudiera llegar a un acuerdo entre las Cortes españolas para que renunciarán a tramitar arbitrajes internacionales y se centrarán en el doméstico. Por lo tanto, para mí este es un proyecto que nos supera o que nos sobrepasa a los practicantes del arbitraje, pues es un «proyecto país». Tengo este deseo, porque siempre he sido un creyente en que el mundo en lengua luso-española o iberoamericana no ocupa, a efectos de la elección de una sede arbitral, el lugar que le corresponde, teniendo en cuenta el número de arbitrajes en los que se involucran partes de esas nacionalidades y, por tanto, es una iniciativa que asumo tanto como practicante del arbitraje y como español, en la seguridad de que es un gran proyecto susceptible de ayudar a abogados, a árbitros, a peritos, esto es, a todos los operadores del arbitraje internacional, a conocer mejor nuestro país. Para mí, se trata de un proyecto nacional. Y eso es lo que más motiva.
El 18 de diciembre de 2017 se firmó un protocolo en virtud del cual tres cortes madrileñas (CIMA, CAM y Corte Española de Arbitraje), junto a la Corte de Arbitraje del ICAM como socio estratégico, manifestaron su convencimiento de que el liderazgo de España como sede de arbitrajes internacionales y, en particular, de aquellos con un componente iberoamericano se vería reforzado si actuaran de la forma más unificada posible, con arreglo a pautas y criterios uniformes y bajo una única marca, el Centro Internacional de Arbitraje de Madrid. Desde tu nombramiento como presidente de esta entidad ¿cuáles son las relaciones CIAM con las cortes de arbitraje que lo crearon?
Yo creo que el CIAM debe ser una entidad independiente pero, al mismo tiempo, mantener una colaboración con las cortes que lo han creado. Nadie puede dudar de la voluntad de estas cortes de renunciar al arbitraje internacional, no solo por la propia creación de este Centro, sino porque incluso ya han introducido en sus propios reglamentos que únicamente se ocuparán de arbitrajes de naturaleza doméstica. Pero también considero que estas Cortes pueden aportar sinergias en muchas áreas, de carácter administrativo, tecnológico o logístico, y ayudar sin duda alguna al impulso del CIAM. Incluso los miembros de esas cortes cuando se desplacen por algún motivo al extranjero lo pueden hacer en representación de CIAM. Cuánto más trabajemos en favor de esta iniciativa mucho mejor. En resumen: independencia en lo que se refiere a que los arbitrajes internacionales únicamente serán administrados por el CIAM, y cooperación en todo lo que suponga, como antes decía, en sinergias de temas administrativos, financieros,…
Si, como has dicho, el CIAM es el Centro administrador de referencia en arbitraje internacional en español ¿Qué ventajas ofrece Madrid para que se convierta en sede emergente de arbitraje?
Madrid es una ciudad que en este momento está teniendo un claro boom en muchos aspectos. Es una ciudad muy dotada de todos los elementos que la convierten en una ciudad atractiva desde diversos puntos de vista, como seguridad, cultural, gastronómico, de la apertura de sus ciudadanos y de la oferta hotelera. Creo firmemente que Madrid es una ciudad absolutamente idónea. Pero es que, además, contamos con una clase jurídica de muy alta cualificación. La abogacía madrileña es una abogacía sofisticada. Contrariamente a lo que ha pasado en otros países como Francia o Alemania, las grandes firmas españolas han sabido resistir el envite de la entrada de otras firmas anglosajonas, que también están desarrollándose mucho en España. Tenemos un sistema jurídico muy similar, como el entrevistador conoce muy bien en tanto que Catedrático de Derecho internacional que es, al de los países iberoamericanos. Hablamos la misma lengua y tenemos la misma cultura. Y a ello se une un tema que me parece importantísimo: los abogados profesionales españoles prestan servicios de igual calidad que los abogados de otros países y son infinitamente más baratos. El tema de los costes extraordinarios es de gran importancia, y lo digo como árbitro. Cuando después de un arbitraje internacional solicitas la relación de costes puedes comprobar que cuando en el procedimiento ha intervenido un despacho norteamericano y un despacho español los costes del primero puede ser 5 o 6 veces más caros. Obviamente si se elige Miami como sede del arbitraje será imprescindible contratar a un despacho norteamericano porque la lex arbitri será la del Estado de Florida. Pero si se elige Madrid deberá contratarse un despacho español y en este caso el tema del ahorro de costes es evidente. Finalmente Madrid es la ciudad con mayor número de vuelos internacionales a Iberoamérica, donde no se ponen especiales problemas de entrada, ni se exige en general el visado u otras trabas migratorias, con lo cual se facilita mucho los desplazamientos de los testigos, de los peritos, aparte de los árbitros y de los abogados que intervienen en la controversia.
Desde hace algunos años la defensa de las empresas españolas en los arbitrajes internacionales está corriendo mayoritariamente a cargo de las grandes firmas de arbitraje establecidas en nuestro país, que hasta la fecha han optado por diferir sus contenciosos a la administración de otros centros con sede fuera de España ¿Cuáles son las fortalezas del CIAM ante esa situación competitiva y qué alicientes puede reportar?
El CIAM está en estos momentos perfectamente dotado. Yo quisiera reconocer y agradecer expresamente el trabajo realizado por José Antonio Caínzos durante su liderazgo en los últimos tres años. El CIAM que ahora me encuentro no tiene nada que ver con el CIAM que él se encontró. En este momento cuenta con unos reglamentos muy sofisticados que han sido trabajados por expertos internacionales que han participado de una manera muy intensa. Estamos haciendo la última modificación del Reglamento y una revisión de los Estatutos que sacaremos a la luz a principios del año que viene. Por lo tanto, tendremos unos estatutos y un reglamento mucho más sofisticados. Contamos con comisiones de designación de árbitros integradas por personas de la máxima relevancia y hemos tratado de huir de un excesivo nacionalismo. Es verdad que debe haber personalidades españolas de referencia pero también tiene que contarse con otras de fuera de España para que colaboren con nosotros. Y tenemos una serie de grupos de trabajo en todas las materias esenciales en el cometido del Centro. Hace unas semanas, por ejemplo, tuve un encuentro con el grupo de trabajo en materia de seguros para analizar cómo se puede establecer un fine tuning de las cláusulas arbitrales en materia de seguros para acomodarlas al ámbito internacional. En fin, estamos bien pertrechados de todo tipo de expertos para realizar esta actividad de una manera más avanzada, contamos con unos instrumentos de alta tecnología que permiten en 24 horas comunicar la designación de árbitro por el CIAM, cuando en otras cortes tardan mucho más tiempo; poseemos un adecuado régimen de transparencia a la hora determinar por qué se acepta o se deniega la recusación de un árbitro… Quiero decir con todo ello que hemos aprendido de las mejores prácticas que hay en el mercado y que tales prácticas se han implementado en el Centro con un carácter totalmente actualizado y sofisticado.
Una de las características del CIAM es contar con un Servicio de Mediación que dispone de su propio Reglamento y aranceles ¿Cuáles son, en su opinión, las posibilidades de este servicio y cómo se asegura su independencia respecto del arbitraje, que es la actividad principal del Centro?
El servicio de mediación en este momento está en fase de constitución. Contamos con un Comité de mediación y con unas personas responsables de esta materia. Pero queda mucho trabajo por hacer en este ámbito, al contrario de lo que sucede con el capítulo del arbitraje, que está totalmente desarrollado. Nuestra idea es contar en los próximos meses con una persona responsable del área de mediación y disponer de instrumentos completos para llevar a cabo esta función, al igual que acontece con el arbitraje.
La sentencia del Tribunal Constitucional 46/2020, de 15 de junio, puso en marcha una línea jurisprudencial que supuso un rotundo respaldo al arbitraje, superando la noción de «equivalente jurisdiccional» y precisando la función de los Tribunales Superiores de Justicia en orden al control de los laudos arbitrales, concretamente de la jurisprudencia del Tribunal Superior de Justicia durante el periodo calificado por José Fernando Merino Merchán de ominoso (2015 a 2020) ¿Considera que a partir de esta línea jurisprudencial se han vencido ciertas reticencias que en los últimos años se produjeron para elegir a Madrid como sede de los arbitrajes internacionales?
Opino que efectivamente ese es un periodo que deberíamos olvidar. Antes de ese periodo el comportamiento de los Tribunales Superiores de Justicia, incluido el de Madrid, era absolutamente respetuoso con el postulado de que no se puede entrar a revisar el fondo del asunto en la resolución de las acciones de anulación contra los laudos arbitrales. Nos hemos encontrado que este asunto ha sido muy utilizado en detrimento de España por nuestros competidores; incluso, siguiendo el tópico de que a los españoles nos gusta a veces hablar demasiado y mal de nuestro país, muchos españoles lo han fecho fuera de nuestras fronteras. Y eso ha creado una sensación de que a España, y concretamente a Madrid, no se podía venir a arbitrar. Todo eso ha quedado superado por el Tribunal Constitucional y yo creo que hemos vuelto otra vez a la anterior etapa y seguimos exactamente igual que antes. Lo que hay que hacer es insistir en borrar eso que algunos se lo han quedado y no tienen empacho en seguir diciendo como si nada hubiera pasado. Esto ya se ha acabado y, por tanto, España, y Madrid en este caso concreto, sigue siendo una sede absolutamente segura para arbitrar, donde los tribunales respetan absolutamente los mecanismos establecidos para el control de los laudos arbitrales siguiendo la práctica de los países de nuestro entorno. He tenido ocasión de hablar con el presidente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que tiene claramente asumida esta doctrina. Siempre tendremos una voz discrepante que a la postre se quedará en minoría. Pero la posición general es de respeto absoluto por lo que ha hecho el Tribunal Constitucional, como no puede ser de otra manera.
Muchas gracias por la entrevista, querido José María. Solo me resta reconocerte muy sinceramente tus oportunas respuestas en nombre de los lectores de LA LEY Mediación y Arbitraje y desearte lo mejor para esta nueva singladura arbitral que vas a iniciar.