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Los notarios ponen en marcha el protocolo electrónico, que permitirá la circulación de millones de copias electrónicas

Los notarios ponen en marcha el protocolo electrónico, que permitirá la circulación de millones de copias electrónicas

  • 8-11-2023 | Consejo General del Notariado
  • Se abre la Sede Electrónica Notarial a los ciudadanos y a las empresas, a la que se accede a través del Portal Notarial del Ciudadano. El Consejo General del Notariado calcula que las copias electrónicas que solicitarán ciudadanos y empresas podrían superar los 13 millones al año.
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Hoy entran en vigor las medidas incluidas en la Ley 11/2023 que permiten crear el protocolo electrónico notarial, lo que agilizará el intercambio de información y generará de forma casi inmediata millones de copias electrónicas de los documentos notariales.

La ley también permite por primera vez en la historia que los ciudadanos y las empresas dispongan de copias electrónicas de sus documentos notariales y que puedan intercambiárselas o enviarlas a los organismos que se las soliciten, con el consiguiente ahorro de tiempo y papel.

El Consejo General del Notariado calcula que las copias electrónicas que solicitarán ciudadanos y empresas podrían superar los 13 millones al año.

Los ciudadanos podrán elegir por vía online al notario que prefieran, localizar al que tenga los originales de sus escrituras y pedirle copias, mantener con él video conferencias seguras, y consultar e intercambiar documentación previa a la firma de la escritura pública.

«Los servicios digitales son una opción para los ciudadanos y las empresas. Los notarios seguirán prestando mayoritariamente sus servicios en persona en las casi 3.000 notarias que tienen repartidas por todo el país, evitando cualquier brecha digital», explica José Ángel Martínez Sanchiz, presidente del Consejo General del Notariado. «La prestación de un servicio, de calidad, ágil y cercano, con las máximas garantías de seguridad y protección jurídica, sigue siendo el principal objetivo de los notarios.

El legislador ha optado por la prudencia, reconociendo el valor del servicio notarial en persona», añade el presidente del Notariado.

Los notarios también podrán prestar íntegramente algunos servicios notariales, fundamentalmente de carácter mercantil, como la constitución de sociedades online, como respuesta a la exigencia de la Unión Europea (plasmada en la Directiva 2019/1151 (LA LEY 11891/2019)) de permitir que cualquier ciudadano pueda constituir una sociedad limitada en otro país miembro sin necesidad de presencia física.

La videoconferencia notarial podrá agilizar trámites societarios de urgencia para las empresas, o resolver situaciones societarias en las que es difícil reunir presencialmente a todas las personas que habrían de estar. Por ejemplo, para ampliaciones de capital, nombramiento de administradores, cambios de domicilio de sociedades, actas de junta general...

Todos estos servicios se prestarán en la Sede Electrónica Notarial, creada por los notarios en 2004. Un espacio dotado de las mayores medidas de seguridad que ha obtenido el Esquema Nacional de Seguridad (ENS), nivel alto, del que solo disponen contadísimos organismos.

El Portal Notarial del Ciudadano es la puerta de entrada para ciudadanos y empresas a la Sede Electrónica Notarial. En este portal ya hay dadas de alta más de 300.000 personas físicas y jurídicas. https://www.portalnotarial.es/

Los notarios llevan más de dos décadas sirviéndose de los avances tecnológicos para prestar un servicio más ágil a ciudadanos y empresas, siendo pioneros en desarrollo tecnológico entre los notariados de la UE.

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Bienvenido Robledano|15/11/2023 22:07:00
Y los registros de la propiedad, ¿cuando? ¿Se sabe algo? Notificar comentario inapropiado
Queremos saber tu opiniónNombreE-mail (no será publicado)ComentarioLA LEY no se hace responsable de las opiniones vertidas en los comentarios. Los comentarios en esta página están moderados, no aparecerán inmediatamente en la página al ser enviados. Evita, por favor, las descalificaciones personales, los comentarios maleducados, los ataques directos o ridiculizaciones personales, o los calificativos insultantes de cualquier tipo, sean dirigidos al autor de la página o a cualquier otro comentarista.
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