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Reglamento de la administración concursal: «El problema que vemos, y nos preocupa profundamente, es que realmente haya voluntad política de sacarlo»

Entrevista a Diego Comendador, Presidente de la Asociación Profesional de Administradores Concursales y Expertos en Reestructuraciones e Insolvencia (ASPAC)

Reglamento de la administración concursal: «El problema que vemos, y nos preocupa profundamente, es que realmente haya voluntad política de sacarlo»

  • 11-9-2023 | LA LEY
  • Con motivo de la entrega de la tercera edición de los «Premios a la excelencia concursal», otorgados por la Asociación Profesional de Administradores Concursales y Expertos en Reestructuraciones e Insolvencia (ASPAC), entrevistamos a su Presidente, Diego Comendador, que nos habla de los premios que otorgan anualmente y hace balance del primer año de aplicación de la «nueva» Ley Concursal.
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Fernando Cameo.- Desde 2014, la Asociación Profesional de Administradores Concursales y Expertos en Reestructuraciones e Insolvencia (ASPAC) tiene como misión la representación de los administradores concursales y profesionales de la insolvencia, con el objetivo de desarrollar y divulgar la función de la administración concursal, así como la especialización y defensa de los intereses de los profesionales que trabajan en este sector.

En este esfuerzo por expandir el conocimiento y dignificar la figura del Administrador Concursal, ASPAC creo en 2021 los «Premios a la excelencia concursal», con tres categorías, con el objetivo reconocer la trayectoria profesional y la contribución a la investigación y el desarrollo en materia concursal, así como distinguir la labor de los periodistas que cubren el sector de la Administración Concursal.

El próximo 21 de septiembre tendrá lugar la entrega de los galardones de la tercera edición de estos premios. Durante el acto tendrá lugar también una mesa redonda con algunos de los mayores expertos de la insolvencia en nuestro país, en la que se debatirá sobre la situación del sector un año después de la entrada en vigor de la Ley Concursal.

Hablamos con Diego Comendador, Socio en Comendador Economistas y actual Presidente de ASPAC, sobre esta tercera edición de los «Premios a la excelencia concursal» y sobre el primer año de aplicación de la «nueva» Ley Concursal.

Próximamente se fallará una nueva edición de los «Premios ASPAC a la Excelencia Concursal» en sus tres categorías: «trayectoria profesional», «desarrollo e investigación del Derecho de la Insolvencia» y «pieza informativa». ¿Cómo valoran estos tres primeros años de Premios ASPAC?

Pues los valoro muy positivamente porque cada año que pasa supone un afianzamiento de los premios y un reconocimiento de estos por parte de los agentes que intervienen en el mundo de la insolvencia. Prueba del interés que suscitan es el número de candidaturas que se presentan este año en cada una de las tres categorías, superior al de las ediciones anteriores.

¿Por qué estas tres categorías? ¿Qué se busca destacar con cada una de ellas?

Hay un elemento común y transversal en las tres categorías que es la insolvencia en su sentido más amplio. Y cada una de las categorías lo que pretende es, por un lado, reconocer una trayectoria profesional en el sentido de una dedicación profesional; también un premio al artículo académico para fomentar el estudio y la investigación y, por último, un reconocimiento a los periodistas, que día a día informan a la sociedad de todos aquellos aspectos relacionados con la insolvencia, que a todos nos atañe.

¿Han sido muchas las candidaturas presentadas? ¿Lo ha tenido complicado el jurado este año? ¿Cuándo se darán a conocer los galardonados en esta tercera edición?

Si. Este año hemos recibido numerosas candidaturas en cada una de las tres categorías, y dado que todas ellas gozaban de una altísima calidad en sus respectivos ámbitos, ello ha supuesto que el jurado lo haya tenido muy difícil puesto que todos eran perfectos merecedores del premio. Pero hay que elegir uno, de ahí la dificultad.

El pasado 26 de agosto se cumplió un año de la entrada en vigor de la última reforma de la Ley Concursal. Desde ASPAC se propusieron enmiendas al proyecto que se tramitaba hasta prácticamente el último momento. ¿Cómo valoran el texto que finalmente se publicó en el BOE?

Como venimos diciendo es una Ley con luces y sombras. Como parte positiva podemos destacar el libro segundo de los planes de reestructuración, si bien echamos en falta la obligatoriedad de la intervención de un experto de la insolvencia, como son los miembros de ASPAC, desde el inicio. Como parte negativa el libro tercero de microempresas.

Tras el primer año de aplicación, ¿creen que el tiempo les ha dado la razón?

Pues creemos que sí. La plataforma para venta de activos, estrella del libro tercero, aún no funciona, y creemos que tal y como está definida en la Ley, nunca funcionará. La que se ha puesto en marcha únicamente es una plataforma informativa de los bienes que se van a liquidar, pero no es, ni creo que lo sea nunca, una plataforma de gestión para la venta de los activos.

En grandes líneas, ¿cuáles son a su entender los aspectos en los que la reforma no ha estado especialmente fina?

En este sentido quiero destacar el tratamiento de los concursos sin masa. La reforma no prevé un control sobre los datos que presenta el deudor, haciéndolo pivotar sobre los acreedores y a su cargo. Ello ha provocado un aumento de cerca del 1.000% en el número de concursos sin masa de persona física con su correspondiente exoneración del pasivo insatisfecho. Creemos que se debería de establecer algún tipo de control sobre estos concursos. También me gustaría destacar como parte negativa la pretensión de eliminar a los profesionales de la insolvencia como parte imprescindible que son de los procedimientos.

¿Y los que han mejorado frente a la regulación anterior a la reforma?

La reforma reconoce un exceso de procesalismo y de tramites que provocaban el alargamiento innecesario de los concursos. Esta circunstancia ya fue advertida por ASPAC en el año 2020 como consecuencia de la pandemia. Se han acortado algunos plazos pero creemos que habría que potenciar la actuación del profesional de la insolvencia (administradores concursales y experto en reestructuraciones) en todo el procedimiento, siendo su retribución con cargo a la masa, no imponer a los acreedores el pago de sus servicios.

Llama la atención, que el aumento de concursos, casi el doble si se compara con el año anterior, provenga en su gran mayoría de los concursos de personas físicas. Los concursos de empresas incluso han descendido, pese a los augurios que vaticinaban un repunte sin precedentes tras el fin de la moratoria concursal. ¿Cómo se explican esta situación? ¿A qué atribuyen dicho aumento?

Como ya he comentado, este aumento de los concursos de personas físicas se debe a que son concursos sin masa. La facilidad que la ley ha dado para presentarlo y conseguir con posterioridad la exoneración del pasivo es la causa de ese incremento. Incluso he visto en más de una ocasión, anuncios publicitarios en distintos medios señalando «la Ley Concursal te perdona las deudas». Eso hay que arreglarlo

Uno de los grandes caballos de batalla de la profesión, ya desde el año 2014, ha sido la aprobación de un reglamento de la administración concursal. La nueva Ley surgida tras la reforma daba un plazo de seis meses para su aprobación y antes de disolverse las Cortes existía en tramitación un borrador al respecto. ¿Cómo ha afectado la convocatoria de elecciones a esta tramitación y qué plazos manejan ahora para su aprobación?

Lamentablemente ya estamos acostumbrados a que el plazo de los seis meses no se cumpla. En esta ocasión es posible que la disolución de las Cortes hubiese podido influir, pero creemos que no es la única causa. Efectivamente hay un borrador y si hubiera voluntad por parte de todos de sacarlo adelante probablemente podría haber salido. Tiempo hubo. El problema que vemos, y nos preocupa profundamente, es que realmente haya voluntad política de sacarlo.

¿Cómo valoraban desde ASPAC el documento en tramitación? ¿Cumplía las exigencias mínimas que demandan a la norma?

No hemos tenido acceso al documento. Si que nos dijeron que se inspiraba en el borrador que había en el 2015, el cual, en términos generales, encajaba.

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