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La batalla de la CE contra el tax lease español, reiniciada ante el Tribunal de Justicia

La batalla de la CE contra el tax lease español, reiniciada ante el Tribunal de Justicia

Diario La Ley, Nº 8748, Sección Corresponsalía, 25 de Abril de 2016, Editorial LA LEY

LA LEY 90223/2016

  • La Comisión Europea ha reabierto su empecinada guerra contra el tax lease a los astilleros. Sin embargo, no va a tener fácil revertir una rotunda sentencia del Tribunal General en favor de la legalidad del sistema fiscal aplicado por España.

La Corte Suprema de la Comunidad Europea dirá la última palabra sobre la legalidad o ilegalidad del controvertido tax lease, que tanta tinta ha hecho correr en los últimos años en medio de una enconada controversia.

Tal como se esperaba en los sectores naval y financiero, la CE no se dio por vencida en este asunto y presentó un recurso de apelación contra la sentencia dictada por el Tribunal de Luxemburgo a mediados de diciembre del pasado año 2015, que refrendó la legalidad del sistema aplicado para financiar la construcción de buques en los astilleros españoles. Pero igualmente se confía ahora, igual que entonces, en una resolución favorable, dada la rotundidad, solidez y claridad del fallo dictado.

La ilegalidad del tax lease que dictaminó en 2013 la Comisión Europea, con el comisario español Joaquín Almunia como brazo ejecutor, causó estragos en los astilleros españoles con carácter general, pero muy particularmente en los astilleros gallegos, vascos y asturianos. La paralización de pedidos de nuevas construcciones no se hizo esperar.

A aquel fallo se atribuyó luego, directa o indirectamente, el cierre en España de media docena de históricos astilleros, la quiebra de incontables empresas auxiliares y la pérdida de miles de puestos de trabajo (unos 7.000 solo en las rías de Vigo y Pontevedra). De aquella profunda herida en plena crisis económica todavía no está recuperado el sector directamente afectado; de ahí que el daño causado aún se considere hoy en cierta medida irreparable.

Desde la perspectiva actual, la batalla jurídica seguirá centrada en la legalidad o no de las bonificaciones fiscales recibidas por los astilleros españoles entre los años 2007 y 2011 y, consecuentemente, en su correspondiente rembolso. En cambio, este fallo pendiente del Tribunal de Justicia de la Comunidad Europea no tendrá repercusión alguna sobre el régimen actualmente vigente. Como consecuencia de su suspensión entonces, se articuló un nuevo diseño financiero que cuenta ahora con todos los avales de la CE, tanto jurídicos como políticos. Pero en juego siguen estando nada más y nada menos que 126 millones de euros, la cifra estimada de las ayudas estatales a las empresas que financiaron la construcción de buques.

Hay que recordar que este enfrentamiento entre España y la Comisión Europea partió de las denuncias formuladas hace casi una década por los astilleros holandeses contra sus competidores españoles. En la picota estuvo el sistema de financiación de la construcción de buques en España a partir del año 2007 por un leasing ad hoc, y más concretamente por sus ventajas fiscales.

El dictamen que declaró ilegal el sistema del tax lease, anunciado por la Comisión Europea en el mes de julio del año 2013 a través del comisario Joaquín Almunia, cayó como una bomba entre los astilleros españoles e hizo naufragar de inmediato unos cuantos proyectos importantes.

Ante dicha resolución, tanto el reino de España, como Pymar (Pequeños y Medianos Astilleros de Reconversión) y Lico Leasing, reunieron una potente documentación para justificar paso a paso la aplicación del sistema, diseñaron una estrategia jurídica compacta en defensa de los intereses nacionales y presentaron los correspondientes recursos. En total, sesenta y cinco reclamaciones se formularon contra el polémico dictamen ante el Tribunal General de la CE, con sede en Luxemburgo. Entre las compañías más perjudicadas estaban principalmente los grandes bancos, desde el BBVA hasta el Santander, pasando por Caixabank, Popular, Sabadell o Bankia.

En síntesis, la argumentación esgrimida fue concluyente: el tax lease no era en modo alguno selectivo, porque no resultaba exclusivo para la construcción naval, sino que podía aplicarse en cualquier otro sector productivo; y tampoco rompía los principios fundamentales de la CE sobre igualdad de trato, seguridad jurídica y confianza legítima.

Dos años después, España obtuvo los frutos anhelados y como un regalo de Navidad anticipado llegó, al fin, el pronunciamiento favorable a mediados de diciembre de 2015. Uno a uno, el Tribunal de Luxemburgo desmontó y tumbó los criterios manejados por la Comisión Europea.

La sentencia reseñó expresamente que no había ninguna ventaja selectiva en el sistema cuestionado, con las AIE (agrupaciones de interés económico que participaron en las operaciones realizadas) como beneficiarias directas de las cuestionadas ayudas estatales. Según la interpretación realizada por el tribunal europeo, única y exclusivamente los inversores obtuvieron las bonificaciones derivadas del sistema español de arrendamiento fiscal (SEAF) para financiar la construcción de barcos dedicados a la navegación marítima. Solo eso.

El razonamiento establecido al efecto en la sentencia dictada fue muy claro: no estaba por medio ninguna ventaja selectiva; los beneficios fiscales eran iguales para cualquier empresa en las mismas circunstancias.

“En efecto -decía la sentencia ahora recurrida- cualquier operador podía beneficiarse de las ventajas fiscales de que se trata, efectuando cierto tipo de operaciones, que cualquier empresa sin distinción podía realizar en idénticas condiciones”. Por tanto, las ventajas cuestionadas por la Comisión Europea estaban al alcance de “cualquier operador sujeto al impuesto en España, sin distinción, a pesar de la existencia de un sistema de autorización”.

El otro punto referente a la libre competencia también recibió un considerable varapalo por parte del Tribunal General, puesto que su resolución consideró “insuficientemente motivada” por la CE la conclusión derivada sobre su posible falseamiento y la incidencia correspondiente en los intercambios comerciales.

En definitiva, la sentencia dictada hizo suya, al menos en su mayor parte, la argumentación española frente al dictamen europeo, poniendo de relieve su decisión errónea por un lado y por el otro también su falta de motivación.

A punto de concluir el plazo legal de dos meses para formular el oportuno recurso, la nueva comisaria de la Competencia de la CE, Magrethe Vestager, tramitó la apelación ante el alto tribunal europeo. Sin embargo, el anunció no estuvo acompañado de ninguna otra declaración sobre su estrategia jurídica para tratar de revertir una sentencia tan concluyente.

Más bien parece una actuación basada en el singular principio de sostenella y no enmendalla, que otra cosa, y no dejar en mal lugar la actuación de su predecesor, que hizo suya la propia Comisión Europea. También parece una medida dilatoria, que retrasará más todavía el cierre definitivo de este controvertido asunto

La apelación realizada, en cualquier caso, no tiene ninguna incidencia sobre la devolución de los 126 millones de euros que están en liza por parte de los inversores afectados (el dictamen inicial eximió de su pago a astilleros, armadores y navieros), puesto que seguirá en suspenso.

Mientras tanto, la patronal Pymar ha subrayado que estudiará todas las posibilidades de carácter legal para exigir una reparación de los perjuicios causados por el dictamen de la CE, caso de que finalmente el alto tribunal europeo confirme la plena legalidad del tax lease.

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